Responsables de violencia política irán a lista negra

TRIBUNAL ELECTORAL. La espada de Damocles.

Los servidores públicos sentenciados por violencia política por razón de género entrarán en una “lista negra”. El Tribunal Electoral Federal ordenó al INE hacer una lista pública con los nombres de quienes hayan sido sentenciados.

Lea: Contra la violencia de género en la política https://bit.ly/33oHb1S

Los organismos electorales locales y el nacional podrán negar el registro a las candidaturas de puestos de elección popular a las personas que estén incluidas en el registro.

Cinco magistrados de la Sala Superior aprobaron la creación de la lista y dos votaron en contra argumentando que no tiene fundamento constitucional y es una sanción no considerada por el Legislativo.

En Sinaloa, los alcaldes de Ahome, Guillermo Chapman Moreno; y el de Mazatlán, Luis Guillermo Benítez Torres, están sentenciados por el Tribunal Estatal Electoral por violencia política por razón de género pero ellos no estarán en la lista.

De acuerdo con la sentencia del Tribunal, la lista no tiene efectos retroactivos y en ella se incluirán los nombres de quienes sean condenados a partir de septiembre, cuando se espera que el INE empiece la conformación del registro.

La lista está contemplada en la sentencia que modificó una resolución de la Sala Regional de Xalapa, Veracruz, que confirmó que Nallely Ortíz Jiménez, regidora del municipio de Santa Lucía del Camino, Oaxaca, fue víctima de violencia política por parte del alcalde, Dante Montaño Montero.

La sala ordenó al instituto electoral local integrar una lista de sentenciados por violencia política e incluyera al alcalde.

El alcalde se inconformó en la Sala Superior pero los magistrados confirmaron la sentencia y la ampliaron a todo el país, ordenando la creación de una lista nacional.

La magistrada Mónica Soto Fragoso, que votó a favor, dijo que la lista es una medida de reparación del daño en aras de proteger a las posibles víctimas en una dimensión colectiva.

“La creación de un registro nacional de infractores y de violentadores me parece que puede ser también una medida que inhiba esta terrible conducta porque considero que, si bien es cierto, no es una acción que tendría efectos punitivos, si tiene una sanción pública, una sanción de desprestigio social al ser exhibido por ser un violentador de mujeres en el ámbito político electoral”, dijo durante la sesión realizada por videoconferencia.

Señaló que es una reivindicación amplia a la lucha de las mujeres para participar en política de una manera libre de violencia.

El magistrado Jorge Luis Vargas Valdez, dijo que la lista es una continuación de la jurisprudencia dictada por el Tribunal en la que señala la obligación de evitar las afectaciones a los derechos de las mujeres

De qué sirve que este Tribunal defienda de manera importante el concepto y el principio constitucional de la paridad de género si las mujeres no van a tener los elementos mínimos para ejercer la función libre de violencia por razón de género, indicó.

El proyecto de crear la lista, indicó, se justifica porque la medida tiende a erradicar la violencia, es adecuada, necesaria y proporcional con lo que busca perseguir y  constitucionalmente válida.

Para el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera esta lista garantiza el cumplimiento del Artículo 1 de la Constitución que establece el derecho a la no discriminación, por distintos motivos, entre ellos por razón de género.

El proyecto permite sancionar y reparar la violación a los derechos de las mujeres, garantiza la participación de las mujeres en la vida política del país, es ejemplar, desincentiva las conductas de violencia y genera un efecto de prevención, expresó.

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón se manifestó en contra de la lista.

Los actos de violencia, dijo, son reprochables en cualquier escenario pero el hecho de imponer una lista no está  previsto y no tiene fundamento constitucional ni legal.

Señaló que como jueces constitucionales tienen que actuar dentro de los principios que rigen el estado de derecho y no pueden imponer una sanción o pena si no está prevista en la legislación.

“Esta lista que se pide al INE crear, es una sanción en varios sentidos, es una forma de estigmatizar o reprochar a ciertas personas y esto es una sanción no prevista en la Constitución”.

“Si esta lista opera como restricción de derechos de los candidatos se estaría yendo más allá de la obligación de que cualquier restricción que se imponga por autoridades debe tener un fundamento legal, estar prevista por el legislativo”, manifestó.

La magistrada Janine Otálora Malassis también votó en contra pero en la sesión no participó en el debate.

En su cuenta de Twitter explicó sus motivos y dio a conocer que detallará sus argumentos en un voto particular.

En su mensaje dijo que condena la violencia política de género pero las sentencias del Tribunal deben tener efectos reparadores y transformadores y no inquisitivos.

“Estoy a favor de que se erradique la violencia política de género y se sancione a quienes la ejerzan, pero no coincido con la creación de una lista de personas sancionadas por ese motivo para el efecto de crear una nueva causa de inelegibilidad no prevista por el Legislativo. Al tiempo de que con esta medida no se garantiza que la violencia deje de ocurrir. Las sentencias de los tribunales electorales no se limitan a resolver conflictos político-electorales, sino que tienen también un fin social que tiende a mantener el orden y la paz en una sociedad”, expresó.

Con la aprobación de la sentencia el INE deberá emitir los lineamientos para la creación de la lista, previo al inicio del proceso electoral federal y establecer cooperación con los organismos electorales locales para que compartan la información de las listas.

La lista deberá ser pública y estar disponible para consulta de cualquier ciudadano.

Artículo publicado el 02 de agosto de 2020 en la edición 914 del semanario Ríodoce.

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