Por unanimidad, el Pleno del Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley Orgánica de la Auditoría Superior del Estado dar reversa a las facultades que tenía la ASE para expedir dictámenes aprobatorios o desaprobatorias a los informes de fiscalización de las cuentas públicas,
La facultad se le había otorgado a la ASE la anterior Legislatura, el pasado 29 de agosto de 2017, dentro de nuevos esquemas de revisión y fiscalización de las cuentas públicas.
Dentro de las reformas se incluyó la obligación del Gobierno Estatal y Ayuntamientos de incluir un informe de progreso de la obra pública, en los informes de avances de gestión financiera y cuenta pública con datos detallados sobre la procedencia de los recursos, los importes autorizados y contratados, porcentaje del avance físico, nombre del contratista, entre otros.
El citado informe permitirá que la Comisión de Fiscalización del Congreso del Estado conozca de manera trimestral el avance de la obra pública, sin necesidad de que se concluya el ejercicio fiscal.
A partir de una revolución documental será posible detectar probables irregularidades en el manejo y aplicación de los recursos públicos, así como en la ejecución de la obra pública.
La reforma aprobada a la Ley de Auditoría Superior del Estado contempló también la obligación a la ASE de entregar al Congreso del Estado, vía Comisión de Fiscalización la cuenta pública el 20 de febrero, trasladada del 31 de julio al 31 de octubre la fecha para que la Comisión de Fiscalización someta al Pleno los dictámenes de fiscalización de las cuentas públicas.
Se agregó además la obligación de la ASE para incluir dentro del informe general de cuentas públicas las denuncias y querellas derivadas de la fiscalización de las cuentas públicas.