¿Por qué José Luis Sevilla y Dionisio Sánchez no serán castigados?

guadalupe yan

La Secretaría de Transparencia fue exhibida en el Tribunal de Justicia Administrativa por no saber armar expedientes de sanciones.

Lea: Inhabilitan a dos de los hombres fuertes de ‘Malova’ https://bit.ly/2KIxz7h

El caso con el que se reveló la falta de pericia fue el de las inhabilitaciones al exSecretario de Obras Públicas y Desarrollo Urbano, José Luis Sevilla Suárez Peredo, y el de Dionisio Sánchez Félix, exdirector administrativo de la misma dependencia.

El 10 de noviembre de 2017 se dio a conocer que derivado de presuntas anomalías encontradas en el manejo y aplicación de recursos que estaban relacionados con la construcción de distintas obras públicas, se debía fijar sanciones de orden administrativo.

Se trata de la contratación de dos convenios que habrían rebasado el 25 por ciento del plazo de ejecución y monto original del contrato, referentes a la construcción del cruce ferroviario del boulevar Enrique Tamayo en Culiacán, y la edificación de la Unidad Administrativa de Servicios Municipales de Navolato.

También se señaló irregularidades en la contratación para la construcción del Centro de Justicia Penal de Sinaloa, Región Centro, porque no habría contado con la autorización correspondiente para generar al Gobierno de Estado una obligación financiera de 78.8 millones de pesos.

Sevilla Suárez Peredo fue inhabilitado por tres años, mientras que Dionisio Sánchez Félix recibió una suspensión temporal por seis meses, por omitir hacer del conocimiento del exSecretario que la dependencia carecía de los recursos suficientes para realizar la obra de la construcción del Centro de Justicia Penal, Región Centro.

El exSecretario se fue a los tribunales y dijo no estar de acuerdo con la resolución de la Secretaría, mostrando, además, la serie de documentos que dio a la Secretaría de Transparencia para demostrar que no había irregularidades.

La Sala Anticorrupción aceptó analizar el caso y encontró que sí había irregularidades, pero en el expediente STRC-DRA-PAD-004/2017, que hizo la oficina de la Secretaría de Transparencia del Gobierno de Quirino Ordaz Coppel.

JOSÉ LUIS SEVILLA. Ex secretario de Obas Públicas.

De acuerdo con el expediente, del cual Ríodoce conserva una copia, la Sala Anticorrupción que dirige María Chaidez Zepeda, encontró que no se dieron argumentos jurídicos para poder juzgar a Sevilla Suárez Peredo y a Sánchez Félix.

Lea: Por tercera vez, ex Secretario de Obras promueve amparo contra orden de aprehensión https://bit.ly/3019WwS

“Se advierte una variación de las fórmulas de las fracciones del 15 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Sinaloa, en las que se pretendió encuadrar como administrativamente irregular la conducta ahí imputada al aquí actor José Luis Sevilla Suárez Peredo”, indicó la Sala Anticorrupción en su resolución.

“Situación que creó incertidumbre en cuanto a lo que exactamente se le imputaba, transgrediendo así la garantía de seguridad jurídica, en relación con los principios de legalidad y tipicidad”.

La Sala Anticorrupción llamó la atención de esa falla, agregándole que para poder hacer una sanción se debe explicar sobre qué ley, reglamento, acuerdo, oficio o demás documento disponible sobre las reglas de actuación de un funcionario.

“Es necesario que esta se encuentre perfectamente descrita en algún cuerpo normativo obligatorio con anterioridad al hecho, ya sea ley, reglamento o bando administrativo, pues solo así es posible evaluar si su conducta es susceptible de ser sancionada”.

En el expediente se incluyó el dictamen con el que se hizo la sanción, y en este se refiere una serie de artículos de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Sin embargo, la Sala Anticorrupción resaltó que no hay una sola línea que especifique cuál es la fundamentación jurídica para el castigo.

“De lo anterior, claramente se advierte que la autoridad demandada no citó de forma precisa las hipótesis normativas en las que se encuadraba como administrativamente irregular la conducta que imputó al aquí actor José Luis Sevilla Suárez Peredo”, se indicó.

Luego de ese análisis, la Sala Anticorrupción declaró la nulidad “lisa y llana” de las sanciones en contra de Sevilla Suárez Peredo y Sánchez Félix y notificó a la defensa de los exfuncionarios y a la Secretaría que dirige Guadalupe Yan Rubio.

Sin embargo, Gobierno del Estado no se quedó conforme y solicitó que la Sala Superior del Tribunal de Justicia Administrativa haga una revisión de la sentencia, asegurando que no se decidió de forma correcta.

Mientras tanto, Sevilla Suárez Peredo y Sánchez Félix ya ganaron en una primera fase que lo que se les acusó de forma pública no fue correcto.

Artículo publicado el 11 de agosto de 2019 en la edición 863 del semanario Ríodoce.

Facebook
Twitter
WhatsApp
Email
  • 00
  • Dias de Impunidad
RÍODOCE EDICIÓN 1104
GALERÍA
Operativo de fuerzas federales en el sector de La Lima, tras enfrentamiento ocurrido la madrugada de este domingo en Culiacán, que dejó un elemento de la Guardia Nacional (GN), muerto y otro lesionado .
COLUMNAS
OPINIÓN
El Ñacas y el Tacuachi
BOLETÍN NOTICIOSO

Ingresa tu correo electrónico para recibir las noticias al momento de nuestro portal.

cine

DEPORTES

Desaparecidos

2021 © RIODOCE
Todos los derechos Reservados.