Abogado del ‘Chapo’ en México cuestiona la ‘sospechosa’ defensa del capo en EU

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El abogado en México de Joaquín Guzmán Loera, Juan Pablo Badillo Soto consideró que la defensa de su cliente ante la Corte de Nueva York fue “deficiente”, “tibia” y “sospechosa”.

Quien ha trabajado con el Chapo Guzmán durante 30 años, dijo a Proceso que la defensa actúo mal desde el inicio al no objetar el proceso de extradición y durante el proceso no realizó una defensa adecuada.

A continuación el texto íntegro..

Juan Pablo Badillo Soto, quien ha trabajado más de 30 años como defensor en México de Joaquín Guzmán Loera, está molesto por la “deficiente”, “tibia” y “sospechosa” defensa de los abogados que representaron a su cliente ante la Corte de Nueva York.

Tras un juicio que comenzó el pasado noviembre, el martes 12 el jurado determinó que el Chapo, que en un par de meses cumplirá 62 años, es culpable de 10 delitos, entre ellos narcotráfico, posesión de armas y lavado de dinero.

Tras la conclusión del jurado, Guzmán Loera podría ser trasladado a una cárcel de Colorado, ADX Florence, conocida como el “Alcatraz de las Montañas Rocosas” y considerada la prisión más segura de Estados Unidos.

Badillo, quien desde enero de 2017 –cuando su cliente fue extraditado a Estados Unidos– planteó la ilegalidad de la entrega y la incompetencia de la Corte que lo enjuició, señala:

“Fue un error garrafal no permitirle testificar en la Corte. Debieron haberlo prevenido para que se declarara ‘no culpable, porque todo lo que aquí se ha testificado es falso’. Que dijera: ‘Esta Corte de Nueva York no tiene competencia para juzgarme porque no cumplió con los requisitos que exige la Ley de Extradición Internacional e incumplió los protocolos que establecen los tratados y convenios sobre extradición celebrados entre México y Estados Unidos'”.

El pasado 28 de enero Guzmán Loera decidió no subir a la silla de los testigos: “Debe saber que la decisión es suya”, le aclaró el juez Brian Cogan tras preguntarle si testificaría. El Chapo aclaró que sus abogados lo habían asesorado y respondió: “Me voy a reservar”.

“Esto fue equivocado. Él estaba en el círculo de presunción de inocencia. Entonces los abogados debieron subirlo a plantear su inocencia y la ilegalidad de su extradición y del juicio. Esto era suficiente, es una defensa certera, objetiva. Pero no. En lugar de eso le aconsejaron guardar silencio y eso es aceptar tácitamente una culpabilidad. Es una defensa ‘tibia’, hasta ‘sospechosa'”.

–¿Por qué tibia y sospechosa?

–Porque si la parte acusadora lleva 56 testigos que señalan a Guzmán Loera de cargo, con atestes terribles y frente a eso la defensa sólo ofrece a dos testigos de descargo… ¡Es una barbaridad! La defensa debió ofrecer cuando menos un testigo de descargo por cada uno de los testigos protegidos que lo inculpaban. Esta es una defensa correcta, sólida, no sólo escuchar los cargos y menear la cabeza de un lado a otro en señal de desacuerdo –responde el abogado.

–El abogado Eduardo Balarezo dijo que interpondrán el recurso de apelación –se le señala.

–Vi el video de una entrevista a Balarezo donde dice efectivamente que van a apelar, pero también dijo que en la Corte Federal de Apelaciones Norteamericana no conocía de alguna apelación que haya funcionado. En pocas palabras mi cliente ya se fregó. Esa es la interpretación que da.

“¡No! En este caso la alternativa es insistir e insistir con la ley en la mano sobre la nulidad de ese juicio, porque está viciado de origen. No hay competencia para juzgarlo. El jurado lo declaró culpable, el juzgamiento de Guzmán Loera se concluye con una sentencia que todos vaticinan en una o dos cadenas perpetuas. ¡Se va a consumir en prisión! Pero en una prisión más severa, donde las celdas dicen que son de dos metros 20 centímetros por tres metros de fondo. ¡Caray, es una jaula, es una cosa inhumana!”

–Al inicio del juicio se declaró no ­culpable.

–Sí, pero ya no le aconsejaron hablar. Y en la última audiencia lo vi estresado, en crisis emocional. Se veía intranquilo, sumamente consternado. Más que sorprendido, su rostro era de derrota, enmudecido –describe el abogado.

Y explica por qué a su cliente no lo sorprendió la decisión del jurado: “No estaba sorprendido porque en la secuela procesal del juicio, a cada momento tuvo testimonios de testigos protegidos que lo señalaban con índice de fuego; era lógico que esperara un desenlace fatal. En este caso la fatalidad es que el jurado lo haya considerado culpable. Guzmán Loera sabe que es la antesala a una sentencia terrible, porque permanecer en una jaula el resto de sus días significa el aniquilamiento”.

–¿Es inocente?

–Está dentro del círculo de presunción de inocencia, porque los testigos protegidos no tienen independencia; ellos venden sus atestes a cambio de una reducción de pena y de apoyos económicos. Se dijo que había más de mil 500 testigos protegidos que están cumpliendo condenas largas y que sin conocerlo ni nuca haberlo visto estaban dispuestos a declarar lo que la autoridad quisiera que dijeran.

–¿Qué otro momento del juicio le llamó la atención?

–Cuando personas que en otro momento eran amigos, compadres… y hasta la dama, Lucero Sánchez López, quien fue detenida en San Diego, California, acusada de conspirar con Guzmán Loera, declaró que ella le compraba mariguana en la sierra, cuando es falso. Esta señora no ha cometido ningún delito en la Unión Americana; ¿por qué la defensa no la impugnó?

“A los abogados de Estados Unidos, encabezados por Jeffrey Lichtman, los he llamado para que formemos un grupo de defensores común, fuerte, con el fin de fortalecer la defensa y en este caso, seguir insistiendo en que todo lo actuado por la Corte de Nueva York es nulo de origen. Pero de pronto ya no me contestaron los teléfonos”.

 

Reclamación rechazada

Dos días después de que el jurado encontró culpable a Guzmán Loera, Badillo fue notificado por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, de que por unanimidad de votos –de los magistrados Francisco Javier Teodoro Arcovedo Montero, Silvia Carrasco Corona y Juan Wilfrido Gutiérrez Cruz– se consideró infundado su recurso de reclamación, aquel en el que solicitó el amparo y protección de la justicia contra los actos cometidos por autoridades del gobierno mexicano.

Los actos impugnados fueron la orden y ejecución de la extradición de su cliente y haber permitido que la Corte de Nueva York lo enjuiciara, pese a que no lo requirió en tiempo y forma.

–¿Cómo califica la resolución del Quinto Tribunal?

–Terrible y desaseada. Es decir, las autoridades judiciales del Quinto Tribunal Colegiado del Primer Circuito, del Segundo Tribunal Colegiado y el Juzgado Décimo Tercero de Distrito, son una colusión de funcionarios judiciales para darle vuelta a la hoja.

En la solicitud, comenta, “hago una narrativa de hechos: que el día 19 de enero de la presente anualidad (se refiere a 2017), a las siete con 15 minutos en la frontera de Ciudad Juárez, Chihuahua, fue formalizada la entrega de extradición de Guzmán Loera. Desde ese momento indebidamente fue conducido a la Corte de Nueva York, a pesar de que no lo requirió en tiempo y forma.

“También señalo que debió entregarse a las cortes del Distrito Sur de California y del Distrito Oeste de Texas, porque fueron las únicas que lo requirieron formalmente y a quienes el acuerdo emitido indebidamente por la Secretaria de Relaciones Exteriores otorgaba la extradición. Digo que indebidamente, porque (ese acuerdo) debió de obsequiarlo un juez”.

Una vez que Guzmán llegó a Estados Unidos, dichas cortes no lo reclamaron en el término de los 60 días previsto por la Ley de Extradición, por lo que perdieron todo derecho a enjuiciarlo.

Por lo tanto, el gobierno de Estados Unidos perdió la facultad para procesar al líder del Cártel de Sinaloa y el gobierno mexicano debía regresarlo y procesarlo en territorio mexicano (Proceso 2182).

De este recurso le tocó conocer al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal en la Ciudad de México: “En una forma por demás obscena, hace un manoseo y lo ­desecha, diciendo que no puede conocer de este asunto y lo envía al Quinto Tribunal Colegiado; indebidamente, porque él no puede decidir mutuo proprio a quién se lo turna”.

El Quinto Tribunal –que es el que finalmente está resolviendo ahora–, al recibir el amparo se niega a conocer del recurso y se lo manda al juez de “consigna”, que es el Décimo Tercero, apunta Badillo.

“El 26 de abril de 2017, en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, promoví el juicio de amparo directo 390/2017-VDA. En ese tiempo estaba Luis María Aguilar Morales como presidente de la Corte. No supieron cómo resolver y en una forma por demás sorprendente, la Suprema Corte, que es el máximo tribunal constitucional de la nación, se lo turna indebidamente al juez décimo tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal, que sólo puede conocer de amparos indirectos.

“Este juez, Jesús Alberto Chávez Hernández, por maldad, por perversidad, lo convierte en el amparo indirecto 378/2017 y lo desecha. Yo me opongo y le argumento que el juez que no puede conocer de juicios de amparo directo porque es facultad exclusiva, no delegable, de la SCJN, junto con los Tribunales Colegiados de Circuito, como en este caso del Quinto Tribunal.

“En ese instante yo lo recurro, lo impugno y le digo que no tiene facultad para hacer eso. Finalmente se determina que es procedente y le ordenan al juez la reposición. En determinado momento el juez resuelve que se sobresee porque no se tuvo la ‘atingencia’ adecuada. Yo también lo recurro y le digo que no, que está vigente y que todo ha sido solventado”.

Badillo explica que el juzgado sobreseyó el proceso con el argumento de que la notificación se entregó a una señora de nombre Guadalupe, pero el abogado asegura que no la conoce. “Es parte de los artilugios que realizan para confundir”, señala.

Refiere que la resolución que envió la semana pasada no se la querían entregar y que le dijeron que se habían notificado por lista. “Les dije que no, que esta es una notificación personal, lo señala la Ley de Amparo, porque es una resolución en que el quejoso debe de ser notificado correctamente”, argumenta.

Después de esta resolución contraría, Badillo asegura que interpondrá un recurso de revisión constitucional ante la Suprema Corte: “Tiene que conocerlo el pleno, los 11 ministros, no la sala. Les diré: ‘Recuerden que el día 19 de enero de 2017, en que se entregó a Guzmán Loera en extradición, yo estuve en la actuaría de la Primera Sala notificándome de la admisión de un recurso de amparo, que le tocó a la ponencia del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, y que en ese momento estaba pendiente de resolver’.

“Deben de recordarlo, porque la Ley de Amparo y la Ley de Extradición, además de invalidar el juicio en la Corte de Nueva York y dejar sin efecto la solicitud de las cortes de Texas y de California, dice que no se puede extraditar a un ciudadano cuando tiene juicios pendientes de resolver o sentencia pendiente de cumplir, porque es ilegal. Por lo tanto Guzmán Loera, en estricto apego a la ley, tendría que ser regresado por el Estado mexicano para que sea juzgado en este país”, sentencia el defensor mexicano del Chapo.

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