La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) garantizar anteojos, lentes de contacto, aparatos auditivos, implantes cocleares, prótesis y órtesis externas para menores con discapacidad auditiva, con el voto en contra de la ministra Lenia Batres Guadarrama.
La decisión, bajo la declaratoria de inconstitucionalidad 13/2025 y la ponencia de María Estela Ríos González, señala que la norma del Seguro de Enfermedades y Maternidad que excluía estos insumos vulneraba el interés superior de la niñez y el derecho a la salud.
La medida se derivó de un amparo resuelto por la extinta Segunda Sala, que obligó al IMSS a otorgar atención integral a un menor con discapacidad auditiva a quien se le había negado cobertura.
Con esta resolución, la Corte refuerza el derecho de los menores a recibir atención médica y dispositivos esenciales para su desarrollo y bienestar.







