Resuelve Teesin que hubo violencia de género simbólica contra diputada local en conversación por whatsApp

Resuelve Teesin que hubo violencia de género simbólica contra diputada local en conversación por whatsApp

Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa resolvió que existió violencia política de género de tipo simbólica contra la diputada local con licencia de Morena en una conversación privada de whatsApps.

La resolución fue dada en una sesión pública celebrada hoy miércoles en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Guadalajara del Poder Judicial de la Federación, que pidió al Tribunal local que emitiera una nueva resolución en la que tenga por acreditada la infracción de violencia política en razón de género, en su modalidad simbólica.

El proyecto de resolución fue presentado por el magistrado Luis Alfredo Santana, por los hechos señalados en el recurso de queja presentados por la legisladora local por considerar que se presentaron injurias, calumnias, agresiones y calumnias que invisibilizan y denostan su trabajo como mujer lesbiana.

En la resolución se acreditó la existencia de seis conversaciones en la aplicación de mensajería instantánea, tras ser analizadas de manera integral bajo las directrices de perspectiva de género, se advirtieron expresiones ofensivas contra la denunciante con base en prejuicios de género, al utilizar indebidamente sus preferencias sexuales para desacreditar su labor como legisladora y activista de la diversidad, por lo que incurrió en violencia de género en la modalidad simbólica.

Por lo anterior se resolvió: Dar vista a la Secretaría de las Mujeres debido a que la denunciada labora en esa institución, así como a la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas por la calidad de funcionaria pública de la infractora.

Como medida de protección y reparación del daño, se ordenó a la denunciada a abstenerse a realizar cualquier conducta o difundir por cualquier medio expresiones que conlleven a estereotipos o roles de género que afecten los derechos políticos de la denunciante.

Así mismo, se prohíbe acercarse, intimidar o molestar de cualquier forma o medio, incluyendo los electrónicos a la denunciante, así cómo conductas en ámbito público y privado que podrían que implicar acciones de denostación, invisibilización, intimidación o violencia ya sea por cuenta propia o otras personas.

Adicionalmente la resolución solicitó al Centro de Justicia de Mujeres para el Estado de Sinaloa que siga brindando la atención física, psicológica y psiquiátrica a la denunciante el tiempo necesario que la denunciante requiera.

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