Aseguran que Congreso da la espalda a consulta porque no contempla en dictamen la elección de nuevo rector de la UADEO

MOVIMIENTO UADEO

El Movimiento para la Defensa de la Verdadera Autonomía de la UADEO aseguró que el dictamen de reforma a la Ley Orgánica no corresponde al sentir expresado en la consulta ni representa la demanda de cambio de los universitarios.

Mediante un comunicado de prensa, el profesor Marco César Ojeda, vocero del Movimiento para la Defensa de la Verdadera Autonomía de la UADEO, lamentó que el dictamen presentado este domingo y que será aprobado en sesión extraordinaria el próximo miércoles 20 de marzo, no atienda la demanda principal de la comunidad de convocar a una nueva elección democrática del rector.

Señaló que al convocar a convocar a una nueva elección democrática para la rectoría sería restituida la legalidad que fue vulnerada con la designación secreta e ilegítima de Pedro Flores Leal como rector de la institución para el periodo 2024-2028.

Indicó que el dictamen sí propone la pronta elección democrática de directores de las seis unidades regionales, así como de los miembros del Consejo Universitario y de los consejos técnicos de cada unidad, para lo cual las actuales autoridades de estos cargos deberán renunciar, pero este cambio no se hace extensivo al rector actual, aun cuando ese fue el principal reclamo que originó la toma de las instalaciones de la universidad en los meses de diciembre y enero en protesta por esta designación secreta e ilegal de la que a tres meses del hecho aún no se presenta el acta correspondiente que le dé validez.

“Lamentamos que el Congreso del Estado le está dando finalmente la espalda a la comunidad lince en su demanda central de rescatar la legalidad en la universidad, y opta por convalidar un atropello del grupo en el poder de Sylvia Paz que mantiene capturada a la UAdeO, aun cuando en su consulta esa fue la principal demanda de los universitarios”.

Aclaró el docente que es errónea la afirmación de que la nueva Ley Orgánica de la UAdeO no podría mandatar una nueva elección de rector porque esto significaría aplicar de manera retroactiva la ley en perjuicio del actual rector, lo que prohíbe la Constitución en su artículo 14 que establece que a ninguna ley debe dársele efecto retroactivo en perjuicio de la persona.

Precisó que existe una tesis de jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobada el 23 de junio de 2004 identificada como 2ª/J.87/2004 y titulada “Retroactividad de la ley. Es diferente a su aplicación retroactiva”, en la que los ministros resolvieron que las leyes sí pueden aplicarse de manera retroactiva cuando no afecten los derechos adquiridos por la persona, y cuando su aplicación signifique más beneficios y una mayor protección de los derechos de la persona.

En ese sentido, al haberse dado la designación de Pedro Flores el pasado 14 de diciembre de 2023 por parte de los siete miembros de la Junta de Gobierno de la UAdeO de manera secreta, sin un acta que le dé validez legal al hecho y sin presentar ningún documento que haga constar los resultados de la votación y de la evaluación a los ocho aspirantes que compitieron por la Rectoría, no puede afirmarse entonces que Pedro Flores es legalmente rector de la UAdeO, por lo cual no está en condiciones de acreditar ese derecho adquirido.

Recalcó que de acuerdo con la tesis de jurisprudencia de la Corte, sí podría aplicarse de manera retroactiva la nueva ley de la UAdeO con una nueva elección de rector o rectora puesto que no estaría afectando un derecho adquirido de la persona.

  Una nueva elección de rector o rectora sí cumpliría con la segunda parte de la tesis de jurisprudencia de la Corte que señala que es procedente la aplicación retroactiva de una ley cuando ésta signifique más beneficios y mayor protección de los derechos de la persona, ya que una nueva elección fortalecería el derecho de los universitarios a elegir a sus autoridades conforme lo establece la autonomía universitaria consagrada en la fracción VII del artículo tercero constitucional.

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