El pleno de la Cámara de Diputados aprobó el jueves varias reformas al Código Penal Federal para establecer una pena de prisión de hasta 22 años y medio a quien ataque con ácido y otras sustancias corrosiva a una mujer, persona con discapacidad o a un menor de edad.
En el dictamen avalado en lo general, con 453 votos, adiciona un capítulo I Bis denominado “Lesiones inferidas con ácido o sustancias similares”, con un Artículo 301 Bis al Título Decimonoveno del Código Penal Federal, se establece que se impondrán de siete a 15 años de prisión y de 300 a 700 días de multas, a quien por sí o por interpósita persona, infiera lesión o lesiones a otra persona, utilizando para ello cualquier tipo de ácido, álcali, agente o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable.
“Cuando la lesión o lesiones afectan la cara, el cuello, el brazo, la mano o los órganos sexuales de la víctima, la pena aumentará hasta en un tercio, en su mínimo y en su máximo”, se expone.
Asimismo, establece que, si la lesión o lesiones afectan órganos o funciones vitales, ponen en peligro la vida o afectan más de la mitad del cuerpo se estará a la punibilidad prevista para el homicidio o feminicidio, en grado de tentativa, según corresponda.
También se adiciona el artículo 36 de la Ley General de Víctimas a fin de estipular que, a las víctimas de lesiones inferidas con ácido o sustancias similares, se garantizará el acceso a cirugías reconstructivas.
El documento refiere que los ataques con ácido o sustancias corrosivas menoscaban la integridad y la libertad humana de las víctimas, pues les ocasionan graves y notorias lesiones en diversos partes del cuerpo, como cara, rostro, cuello o manos. Afirma que las consecuencias de dichas conductas pueden observarse en diversos ámbitos de la vida de la víctima, pues trastoca su estado de salud y hasta su esfera social.
Los ataques con ácido son cometidos contra mujeres por factores como el rechazo de insinuaciones sexuales, las ofertas de matrimonio que reciben, los celos, el odio o la venganza, agrega. A partir de ello, es posible percibir la intención de dominio del agresor sobre la víctima para ocasionar cicatrices visiblemente notorias en el cuerpo y rostro, a fin de avergonzarlas y orillarlas al aislamiento, lo que profundiza la desigualdad y opresión en que se encuentra la mujer por los estereotipos sociales.
Los casos de la saxofonista María Elena Ríos, Carmen Chávez, Esmeralda Millán, Elisa Xolalpa y Ana Elena Saldaña fueron considerados ejemplo de la impunidad que prevalece ante este tipo de violencia.