La FGR impugnará cancelación de orden de aprehensión contra Cabeza de Vaca

garcia cabeza de vaca-gobernador tamaulipas

La Fiscalía General de la República informó que impugnará la determinación de dejar sin efectos la orden de aprehensión por presunto enriquecimiento ilícito y delincuencia organizada en contra del exgobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, que dictó un juez federal.

En un comunicado, la FGR detalló que la determinación dictada por el Juez Octavo de Distrito en Tamaulipas contra la orden de aprehensión liberada el 4 de octubre de 2022 por el Juez de Control Iván Aarón Zeferín Hernández, “atenta contra el derecho y contra una recta administración de justicia”.

“En efecto, luego de que la Fiscalía General de la República solicitó y obtuvo orden de aprehensión en contra de Francisco Javier “C”, por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita, el juez de amparo de referencia emitió sentencia en el juicio de amparo 2477/2022-2, con la que se estima favoreció a dicha persona”, consideró.

“Es más que evidente en la sentencia de amparo aludida, que quien la emite, antes que hacer un análisis específico e integral tanto de lo que se planteó al solicitar la orden de aprehensión, como de lo resuelto por el Juez de Control al librar la orden de aprehensión, así como de lo alegado por la parte promovente del amparo, se dedica por entero a tratar de explicar y justificar las operaciones financieras del quejoso, las cuales en todo caso denotan la organización de hecho realizada por el citado y otras personas para la realización de ciertas conductas que llevan a la materialización de uno de los delitos contemplados en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada”.

La Fiscalía afirmó que en este caso el rol de juzgador se habría transformado en el de un agente de la defensa del imputado.

“Ello se confirma cuando el juez de amparo llega a establecer el absurdo de que no podrían coexistir los delitos de delincuencia organizada y el de operaciones con recursos de procedencia ilícita, cuando es por demás conocido que el primero de ellos es autónomo por esencia e incluso no requiere que se materialice la conducta o finalidad de la organización”, añade.

“Además, el juicio de amparo fue tramitado y resuelto sin convocar al agente del Ministerio Público de la Federación (MPF), que investigó y judicializó el caso, cuando en derecho era obligado haberle dado la oportunidad de intervenir por su calidad de tercero interesado en ese juicio”.

Dicha omisión, agrega, contraviene de manera clara, lo establecido al respecto en el artículo 5, fracción III, inciso e), de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la propia jurisprudencia del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

“Ante esa sentencia, notoriamente alejada del derecho y del más elemental sentido de justicia, se promoverá el medio de impugnación correspondiente, a la vez que, se analizarán las acciones legales que podrían llevarse a cabo en relación a la autoridad que la emitió”.

Al cancelar la orden de aprehensión, el juez de control consideró que la FGR sesgó información y ocultó datos de prueba al Juez de Control, esto con la supuesta finalidad de aparentar “hechos lícitos como un complejo esquema de lavada de dinero” y así el Juez de Control tuviera argumentos para girar la orden de aprehensión en contra de Cabeza de Vaca.

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