Asegura Segob que no hay ninguna inconstitucionalidad en ‘Plan B’ de reforma electoral de AMLO

Asegura Segob que no hay ninguna inconstitucionalidad en ‘Plan B’ de reforma electoral de AMLO

Adán Augusto López, secretario de Gobernación (Segob), afirmó que el ‘Plan B’ en materia electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador y que fue avalado por la Cámara de Diputados esta madrugada, no representa ninguna inconstitucionalidad.

“En todas estas modificaciones no hay ninguna inconstitucionalidad, porque se respetó estrictamente lo que mandata la Constitución, incluso, se fue más allá”, argumentó durante la conferencia mañanera de este miércoles.

El funcionario explicó que el ‘Plan B’ modifica seis leyes secundarias, para garantizar el voto de los mexicanos en el extranjero, reducir el aparato administrativo del Instituto Nacional Electoral (INE), suprimir duplicidad de funciones en este organismo y quitar 36 oficinas distritales, entre otras cosas.

Además prohíbe el uso de monederos electrónicos o tarjetas de pago para coaccionar el voto.

Añadió que se trata básicamente de una reducción sustancial en el aparato administrativo del INE, ya que se le quitan facultades a la Secretaría Ejecutiva del órgano autónomo, quien administraba el gasto del Instituto, y ahora se le otorga dicha facultad a cinco consejeros designados expresamente por el pleno.

“Hay una reducción de aproximadamente 3 mil 500 millones de pesos, que se complementa con el gasto de organismos locales y el tribunal electoral y habrá finalmente una economía de un poco más de 5 mil millones de pesos en el primer año”, detalló.

La iniciativa también suprime la duplicidad de funciones de áreas administrativas del órgano electoral con la reducción de 300 oficinas distritales a 264, lo cual ayuda a hacer más económica la elección.

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó esta madrugada con 267 votos a favor el llamado ‘Plan B’ de la reforma electoral después de que el bloque opositor se retiró del salón de sesiones.

Dio a conocer que con el “Plan B” se reconoce constitucionalmente que el INE o el TEPJF impongan penalidades o nieguen el registro a candidaturas sin que haya más allá de los requisitos que constitucionalmente están señalados para participar, esto es, dijo, que ellos ya no podrán establecer criterios para anular candidaturas, por lo que se garantiza así la libre participación de los ciudadanos.

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