Juez da revés a FGE en caso de feminicidio en grado de tentativa

Juez da revés a FGE en caso de feminicidio en grado de tentativa


Una juez de control y enjuiciamiento penal propinó hoy un nuevo revés a la Fiscalía General del Estado (FGE) al negarle el auto de vinculación a proceso de un caso que pretendió judicializar por feminicidio en grado de tentativa, reclasificándolo a lesiones, y finalmente dejarlo sin materia porque el delito ya había prescrito.
Y es que la FGE se pasó tres años tres meses sin realizar un solo acto de investigación en la carpeta 2790/2019 que derivó en la causa penal 579/2022 por el delito de feminicidio en grado de tentativa que fue resulta este martes en la sala A del Sistema de Justicia Oral dictándose la no vinculación a proceso de Gohan Manuel R. Z. quien presuntamente habría herido en 9 ocasiones con un cuchillo a su ex pareja sentimental, Lorena de Jesús N. H.
Los hechos ventilados en la audiencia inicial agotada en dos sesiones sucedieron el 17 de septiembre del 2019 en la calle Frayles, del fraccionamiento Villa de Cortez, cuando la joven llegó a la casa de su expareja para recoger un celular, y en lugar de esto, recibió 9 cuchilladas, que obligaron su hospitalización.
Después de esos eventos, la joven denunció los hechos, y un médico legista dictaminó las lesiones como. Esos fueron todos los actos de investigación que la FGE realizó en tres años y 3 meses, pero reactivo el caso cuando el entonces acusado, Gohan Manuel fue capturado el 28 de noviembre del 2022 por el robo a una farmacia y por el que se le abrió la carpeta 4438/2022 ingresando a prisión el 1 de diciembre vinculado a proceso en la causa penal 576/2022.
El 30 de noviembre y cuando ya estaba detenido Gohan Manuel, la FGE reactivó el caso, enviando a investigadores a la localización de los testigos para realizar actas de entrevistas, lo qu cumplieron, sin más peritajes.
La juez escuchó los testigos, a la ofendida y al acusado, valor+ó las pruebas de la fiscalía y resolvió reclasificar el delito a lesiones, pero dada la penalidad de este y el tiempo transcurrido entre que se cometió el hecho y la judicialización resultó que ya había prescrito, liberando entonces al acusado del reproche.
Sin embargo, la letrada no sobreseyó el caso y dejó a salvo los derechos de la joven ofendida para que aporte más datos, testigos y peritajes a su caso, para una nueva acusación.

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