Aprueban castigar con hasta 15 años de cárcel a promoventes del matrimonio infantil

Aprueban castigar con hasta 15 años de cárcel a promoventes del matrimonio infantil

La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad de 474 votos, reformas al Código Penal Federal para castigar a quien obligue, coaccione, induzca o gestione los matrimonios entre personas menores de edad con penas de ocho a quince años de cárcel y de mil hasta dos mil quinientos días de multa.

Además, la pena aumentará hasta en una mitad, en su mínimo y en su máximo, si la víctima pertenece a algún pueblo o comunidad indígena o afromexicana.

Le ley incorpora un capítulo titulado “Cohabitación Forzada de Personas Menores de Dieciocho Años de Edad o de Personas que no tienen Capacidad para comprender el Significado del Hecho o de Personas que no tienen Capacidad para Resistirlo”.

El artículo 209 Quáter establece que cometen este tipo de delitos quienes obliguen, coaccionen, induzcan, soliciten, gestionen u ofrezcan a menores unirse informal o consuetudinariamente, con o sin su consentimiento, con alguien de la misma edad o mayor de 18 años, con el fin de convivir en forma constante y equiparable a la de un matrimonio.

El dictamen refiere que el matrimonio entre menores de edad o la unión temprana constituye una figura que atenta contra el interés superior de la niñez, porque representa un menoscabo a sus derechos fundamentales en detrimento de su formación y desarrollo.

Asimismo establece que la edad mínima para contraer matrimonio es a los 18 años y que las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus competencias, deberán adoptar medidas integrales para la protección de niñas, niños y adolescentes contra las prácticas nocivas de cesión a título oneroso o gratuito con fines de unión formal e informal o consuetudinaria.

Estas medidas deberán establecer acciones afirmativas respecto de niñas, niños y adolescentes que formen parte de comunidades indígenas, afromexicanas, con discapacidad, en situación de migración, desplazamiento o en exclusión social.

Ambos dictámenes fueron enviados al Senado para su dictaminación, discusión y, en su caso, aprobación.

(Con información de La Jornada)

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