Da revés SCJN a AMLO con decreto de megaobras

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió esta tarde parcialmente la aplicación del acuerdo presidencial que clasificó como de interés público y seguridad nacional los proyectos y obras prioritarias del gobierno federal.

La suspensión del llamado “Decretazo” evitará que se clasifique como reservada por razones de seguridad nacional la información pública de esos proyectos.

“Es procedente la suspensión para que se suspendan todos los efectos y las consecuencias del acuerdo impugnado que deriven en catalogar la información detallada en éste como de interés público y/o seguridad nacional, sin cumplir con los supuestos que las leyes respectivas prevén para ese efecto”, se lee.

De esta manera, si se desea mantener alguna información sobre obras prioritarias, como el Tren Maya, se deberá argumentar legalmente las razones de seguridad nacional que sustenten su decisión, informó Reporte Índigo.

“La medida suspencional concedida surtirá efectos de inmediato y sin necesidad de otorgar garantía alguna sin perjuicio de que pueda modificarse o revocarse derivado de algún hecho superviviente”, destaca el documento.

Cabe señalar que en el mes de noviembre el Gobierno Federal, encabezado por AMLO, publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto en el que declara las obras de la administración federal como de interés público y seguridad nacional, lo que permitirá iniciar los proyectos con autorizaciones provisionales.

Dicho acuerdo tuvo un impacto en la rendición de cuentas y transparencia del Tren Maya, el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles y la refinería de Dos Bocas.

“Se declara de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México asociados a infraestructura de los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades energético, puertos, aeropuertos y aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional”, dice el artículo primero del decreto.

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