TEPJF podría sancionar a medios que difundan la ‘Mañanera’ durante elecciones

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Los concesionarios de radio y televisión que opten por transmitir completa o parcialmente las conferencias mañaneras, en entidades donde se desarrollan campañas electorales,  incurren en un alto riesgo de transgredir la restricción constitucional de difundir propaganda gubernamental y por tanto de ser sancionados, advirtió la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El motivo es que las emisiones se hacen en vivo y es imposible separar los contenidos que posiblemente impliquen una infracción electoral de aquellos con carácter informativo, publicó La Jornada.

En sesión pública, donde también decidieron regresar a la Sala Regional Especializada el caso de los Servidores de la Nación para que hagan un nuevo análisis del tema y determinen si el presidente Andrés Manuel López Obrador y altos funcionarios cometieron alguna infracción electoral durante la gestión de los programas sociales, los magistrados enfatizaron que los empresarios de la radio y la televisión no tienen obligación legal de trasmitir las conferencias mañaneras del jefe del ejecutivo federal ya sea de manera total o parcial.

A lo que sí están obligados es a no emitir propaganda gubernamental en aquellos lugares donde se desarrollen campañas electorales, subrayaron.

Por lo que hace a los servidores públicos, los integrantes de la Sala Superior dijeron que tienen el deber de cuidar que sus mensajes no contengan elementos dirigidos a influir en las preferencias electorales o en la opinión pública durante los procesos electorales.

Cuando un funcionario convoca, organiza o participa en una conferencia para difundir logros de gobierno, incurre en la difusión de propaganda gubernamental en medios, lo cual está prohibido durante las campañas y hasta el día de los comicios, enfatizaron.

Al resolver quejas de concesionarios sancionados por transmitir las “mañaneras” de manera íntegra en estados donde hubo elecciones durante 2019 y 2020, los magistrados dijeron que la información gubernamental debe tener un carácter institucional y abstenerse de elementos que constituyan propaganda política, personalizada o electoral, logros de gobierno o información dirigida a incidir en las preferencias electorales.

Las conferencias mañaneras constituyen un modelo de comunicación gubernamental que comprende información de interés público, pero estas no pueden sustraerse del marco constitucional y legal vigente, en especial las restricciones en materia de propaganda electoral, destacó el TEPJF.

 

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