La ‘destrabada’ de la presa Santa María

PRESA SANTA MARÍA. En los juzgados.

AMLO dice que es cosa de que los juzgados se reactiven…

 

 

Esta presa nació trabada desde que el 19 de marzo de 2015. El entonces gobernador Mario López Valdez dio el ‘banderazo’ de inicio, pero al mes, fue suspendida por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), por incumplir con el cambio de uso de suelo.

Lea: Siguen sin reanudarse trabajos de la presa Santa María https://bit.ly/3fOBGvK

La omisión le valió una multa por 120 mil pesos por violar leyes ambientales al abrir una brecha que no estaba contemplada en el proyecto.

A nueve días de que se cumpliera un año de que los Comuneros de Santa María obtuvieron un amparo que mantiene detenida la obra, el Presidente Andrés Manuel López Obrador llegó a Culiacán para repetir el discurso del gobernador Quirino Ordaz Coppel.

“Vamos a cumplir con el compromiso de la construcción de la presa de Santa María, en el sur de Sinaloa. Estamos detenidos porque hubo amparos, pero ya se están resolviendo, estamos nada más esperando que regresen de vacaciones los juzgados y se reinicie el trabajo en el Poder Judicial”, prometió López Obrador durante su gira por Culiacán.

El miércoles 14 de agosto de 2019, los comuneros obtuvieron del Juez Décimo de Distrito el amparo para evitar que ICA y la Comisión Nacional del Agua o cualquier otra autoridad, trabajara en las 16 mil hectáreas destinadas para la obra. Desde entonces el gobierno estatal no ha logrado cumplir con las peticiones de los comuneros, mismas que están publicadas en el Diario Oficial de la Federación(DOF).

Ni la reubicación del pueblo, del que, incluso, se presentó trazo y prototipos de vivienda, ha logrado concretar.

 

Buscan comuneros una “destrabada” para largo plazo

Reactivar la construcción de la presa Santa María va más allá de que los comuneros ratifiquen ante el juez el desistimiento de la demanda de amparo, pues para que esto ocurra, el gobierno del estado deberá cumplir con sus compromisos.

Y esas obligaciones no son nuevas, datan desde el 19 de junio de 2013, fecha en la que se publicó en el DOF.

Con base a ese convenio, los comuneros, representados por Alejandro Espinoza Balderrama piden, en primera instancia, elevar a sentencia un acuerdo que contiene en esencia, las cláusulas publicadas en el DOF.

Espinoza Balderrama informó que trabajan en la elaboración del convenio para sentar las bases ante la Procuraduría Agraria, como primer paso.

La segunda condicionante, es que el gobierno del estado finiquite los  pagos pendientes que se estima son alrededor de 35 millones de pesos.

En la víspera de que se cumpla un año de que ganaron la suspensión de la obra, Balderrama Espinoza considera que han avanzado, ya que durante seis años el reclamo de pago de bienes distintos a la tierra estuvo en el limbo pues ni siquiera se ponía sobre la mesa su discusión.

Sin  tener la certeza de en estos momentos los juzgados ya atienden los casos de manera presencial, el abogado no ve un obstáculo para avanzar, pues el desistimiento ya está elaborado y aprobado en asamblea por los comuneros, “que era lo que pedía ICA para entrar”.

“Pero para poder ratificar el desistimiento del amparo necesitamos tener listo el convenio elevado a sentencia, llevarlo a la Procuraduría Agraria y con eso vamos ante el juez a ratificar”, aclaró.

Personal ya contactó al abogado y éste estima que en 12 días se concluirán los trámites.

Subrayó que para avanzar es necesario elevar a sentencia el convenio para que si en un futuro la autoridad estatal incumple, no tengan que iniciar de cero un juicio de amparo, “sino ya vas sobre un incumplimiento de sentencia que es más grave todavía, por eso queremos sentar las bases ahora”.

Reconoció el interés de López Obrador por la construcción de la obra, pues los comuneros también piden lo mismo.

 

¿Qué dice la cláusula séptima del convenio publicado en el DOF con relación a los comuneros?

La entidad federativa se compromete a:

-Promover ante las autoridades municipales, asociaciones civiles de usuarios y otras instancias afines, las obligaciones, beneficios, alcances, requisitos y criterios de elegibilidad, con objeto de lograr su participación en la ejecución de las acciones del convenio;

-Sacar en paz y a salvo cualquier problemática social que se suscite con motivo de la ejecución de las obras.

-Resolver íntegramente los aspectos relacionados a la tenencia de la tierra, dentro de los que se incluyen la afectación en el embalse de la presa de almacenamiento, bancos de materiales, derechos de vía, caminos de acceso al sitio de la presa y de las áreas de construcción, tanto para la construcción de la presa de almacenamiento como para la zona de riego, pagando las indemnizaciones, bienes distintos de la tierra y del cambio de uso del suelo y dejando a salvo a Conagua de cualquier reclamación presente o futura, derivada de los conceptos anteriores;

-Presentar el programa de las actividades relacionadas con la tenencia de la tierra y pago de las indemnizaciones que resulten de los avalúos emitidos por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN), con actividades y erogaciones mensuales, guardando congruencia con el programa constructivo;

-Atender la problemática y reclamo de los afectados, durante el proceso de construcción de las obras

Artículo publicado el 09 de agosto de 2020 en la edición 915 del semanario Ríodoce.

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