Autoriza Semarnat construcción de teleférico en cerro ‘El Crestón’ de Mazatlán

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La Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) el proyecto Teleférico Acceso Faro Mazatlán, que se construirá en el Cerro del Crestón.
Este jueves la paraestatal hizo publico el dictamen en el que autoriza el proyecto promovido por el gobierno del estado en el que invertirá 400 millones de pesos.
El proyecto consiste en la construcción y operación de un teleférico compuesto por un mono cable de pinza fija de cuatro cabinas que une dos estaciones denominadas Centenario y Faro, con una superficie de recorrido de 17 mil 212.97 metros cuadrados, la primera estación se ubicará sobre la Zona Federal
Marítimo Terrestre (Zofemat) y la segunda en la cima del Cerro del Crestón, así como la construcción de cuatro torres y un camino de acceso a la torre tres, en una superficie de 1 mil 419.85 metros cuadrados.
En las consideraciones, la Semarnat establece que el proyecto no se encuentra regulado por algún Programa de Ordenamiento Ecológico decretado, ni inserto dentro del polígono de algún Área Natural Protegida (ANP) de carácter federal estatal o municipal.
La autorización tiene una vigencia de tres años para llevar a cabo las actividades de preparación de sitio y construcción del proyecto, y de 22 años para su operación y mantenimiento, vigencia que estará condicionada a la construcción del proyecto. El primer plazo comenzará a partir del día siguiente a que haya surtido efectos la notificación de la resolución; el plazo de operación y mantenimiento iniciará al término del primero.
Ambos períodos podrán ser modificados a solicitud de la promovente.
Semarnat precisó que el dictamen es emitido sin perjuicio de lo que determinen las autoridades locales en el ámbito de su competencia y dentro de su jurisdicción, quienes determinarán las diversas autorizaciones, permisos y licencias para la realización del proyecto.
Dado que se identificó la presencia de cinco especies (3 de flora y 2 de fauna silvestre) enlistadas en alguna categoría de la NOM-059-SEMARNAT-2010, el gobierno del estado deberá presentar una propuesta de garantía debidamente justificada, para su análisis y validación de manera previa al inicio de cualquier obra o actividad del proyecto.
El tipo y monto de la garantía se soportará en el Estudio Técnico Económico (ETE), que respalde los costos de la realización de las estrategias de control, mitigación y compensación ambiental, establecidas para el proyecto, incluyendo un desglose del monto por anualidad que se requiere para realizar todos y cada uno de los programas, planes y acciones ambientales considerados en el oficio resolutivo, así como de las medidas de prevención y mitigación propuestas en el Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA).
Otra condicionante de la Semarnat es que el estado deberá presentar dentro de un plazo de tres meses previos al inicio de la obra, el protocolo del programa de mantenimiento preventivo de los vehículos y equipo, propuesto por la promovente.
Presentar, dentro de un plazo de tres meses previos al inicio de la obra, el protocolo de las acciones de reforestación de 50 unidades arbóreas propuesto, así como un plan para contingencias ambientales e hidrometeorológicos, debiendo contemplar análisis de peligros, vulnerabilidad y gestión de riesgos.
También deberá presentar, dentro de un plazo de tres meses previos al inicio, la propuesta de un programa de vigilancia ambiental.
E n caso de que las obras y actividades autorizadas pongan en riesgo ocasionen afectaciones que llegasen a alterar los patrones de comportamiento de los recursos bióticos o algún tipo de afectación, daño o deterioro sobre los, elementos a bióticos presentes en el predio del proyecto, así como en su área de influencia, la Secretaría podrá exigir la suspensión de las obras, y la instrumentación de programas de compensación.

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