El Tribunal Colegiado en Materia Penal negó amparar contra el auto de vinculación a proceso a los imputados por el asesinato del fundador de Ríodoce, Javier Valdez.
Los imputados Juan Francisco Picos Barrueta, el Quillo; y Heriberto Picos Barraza, el Koala, promovieron amparos en un Juzgado de Distrito el año pasado y el 30 de noviembre de 2018 les fueron negados.
Ambos promovieron por separado recursos de revisión en el Tribunal Colegiado en Materia Penal, en el que confirmaron la negativa de amparo.
Los imputados señalaron que les dictaron auto de vinculación a proceso sin que existiera dato alguno suficiente e idóneo que indicara su participación en el homicidio que les atribuyen.
Aseguraron que al no existir datos de prueba directos, suficientes y pertinentes para establecer su participación, el auto de vinculación dictado en su contra transgrede en perjuicio de sus derechos fundamentales de presunción de inocencia, legalidad y debido proceso.
Los imputados alegaron que de los datos de prueba debían excluirse las declaraciones de dos testigos que vinculan a el Quillo y a el Koala debido a que solo son testigos de oídas.
En las demandas de amparo menciona que no se encontró el arma de fuego con la que se cometió el homicidio y no se cuenta con dictamen pericial alguno que indique que hayan disparado armas de fuego el día en que ocurrieron los hechos.
En el caso de las llamadas telefónicas intervenidas a el Koala en las que lo alertan de que el “gobierno lo anda buscando”, señala que no acreditaron que el teléfono era de él, ni que él traía esa línea.
Los magistrados consideraron que con los datos de prueba presentados por la fiscalía, se obtienen indicios suficientes y eficaces para establecer que en la especie se cometieron hechos tipificados como delito, así como que generan la probabilidad de que los imputados participaron en su comisión
“Este órgano colegiado coincide con la determinación del Juez de Distrito en el sentido de negar la protección de la Justicia Federal al estimar que el auto de vinculación a proceso reclamado no es violatorio de derechos fundamentales, al haber cumplido la autoridad responsable con los requisitos formales y de fondo requeridos para su emisión”, establecieron los magistrados.
El Koala fue vinculado a proceso penal el 29 de abril de 2018; y el Quillo el 11 de junio.
El proceso penal estaba detenido en espera de que el Tribunal Colegiado en Matera Penal resolviera los juicios de amparo.