Da carpetazo Profepa al expediente Isla de Venados en Mazatlán

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Gobierno del Estado colocó luminarias para ‘lucir’ esta reserva protegida en el Tianguis Turístico

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) decretó el cierre de expediente que abrió a nombre de la Secretaría de Obras Públicas del estado, al no haber observado un daño ambiental por la colocación de las luminarias en Isla de Venados durante el Tianguis Turístico.

De acuerdo con la respuesta emitida por la Profepa a una solicitud de información, “el 20 de abril de 2018 se levantó el acta de inspección IA/045/18 a nombre de la Secretaría de Obras Públicas del gobierno del estado de Sinaloa, abriendo procedimiento con número de expediente PFPA/31.3/2C.27.5/0040-18 y dentro del cual se emitió una resolución administrativa en el cual se decretó el cierre de expediente al no haberse circunstanciado irregularidad alguna”, cita el documento.

En virtud de que las obras y actividades fueron previamente evaluadas y exentadas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), además de que al momento de la visita de inspección, el proyecto estaba siendo desmantelado hasta dejar el sitio en su estado base y no se observó que las mismas generaran un daño ambiental, justifica.

Pero este carpetazo no exime a las autoridades involucradas de responder a la réplica a la que los demandantes Fuego Verde, Consejo Ecológico de Mazatlán y Mazatlán Consciente, tienen derecho de presentar.

Jesús Salazar, abogado que lleva la demanda, opinó que al haber cerrado el expediente, la Profepa considera que no hay nada más qué investigar ni reparar, pero la demanda sigue.

“Argumentan que como se retiraron las instalaciones y materiales y ya se acabó, no hay nada qué perseguir, se presentó una resolución, que ni siquiera fue sentencia y ni siquiera el juez esperó la tramitación o el desahogo de las pruebas que nosotros ofrecimos y atendiendo a esa acta de inspección que ellos mencionan, dan por terminado el juicio”, indicó.

Se presentó una revisión a esa resolución porque no han cesado los efectos reclamados, sostuvo, además no se tiene la certeza si cesaron o no con motivo de la desmantelación de la infraestructura eléctrica que mencionan.

“El juez soslayó cuando los quejosos se dolieron de actos que ponen en riesgo y dañan el medio ambiente, el análisis que debe realizar el juzgador debe efectuarse con mayor amplitud para constatar cuales son los efectos inmediatos y sucesivos que producen los actos reclamados”, explicó.

El 1978 la Isla de Venados fue declarada como área natural protegida por Decreto Presidencial, mientras que la UNESCO la declaró Patrimonio Natural de la Humanidad en 2005, pero esa condición no evitó que la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) autorizara al gobierno del estado la colocación de luminarias para “lucir” esta reserva durante cinco días del Tianguis Turístico en abril de 2018.

Además de no presentar un Manifiesto de Impacto Ambiental, el gobierno del estado hizo caso omiso de las 11 recomendaciones que la Conanp expuso en su opinión técnica para la colocación de las luminarias.

Jesús Salazar declaró que no ve forma en la que la Profepa pueda dar por terminado el caso, aun y con el cierre del expediente, sin darles la oportunidad de demostrar lo que se pretende desde un principio.

“Es una resolución ilegal que solamente toma en cuenta lo que la autoridad dijo de forma unilateral, entonces lo que diga una de las partes no debe ser tomada de forma unilateral sino en forma objetiva” dijo.

La contraparte también tiene derecho a probar lo que sostiene, aseguró.

“Lo que pasa es que nosotros ofrecimos pruebas que ameritan una especial preparación y desahogo como es la pericial de medio ambiente”, detalló.

Esto es un asunto jurídico en el que ellos consideran que ya no hay nada más que hacer, y que como ya retiraron el material, esa acción es suficiente, indicó.

Ahora lo que sigue, dijo, es ir a una instancia superior como el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Poder Judicial Federal, al que se recurrirá para que tres magistrados analicen el caso y se reactive el juicio de Primera Instancia.

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