Las famosas candidaturas independientes

jose
¿Qué son las candidaturas independientes? Para el especialista en la materia electoral José Woldenberg, las candidaturas independientes son partidos políticos que no se atreven a decir su nombre.
En cambio, los partidos políticos son organizaciones de ciudadanos que cumplen funciones estratégicas para la reproducción de un régimen democrático: organizan a quienes quieren participar en política, ofrecen un ideario y dotan de signos de identidad, son plataformas de lanzamiento de candidaturas a los distintos niveles de gobierno y al legislativo, agregan intereses, son referentes del debate público, permiten y usufructúan la dinámica parlamentaria. Los candidatos independientes, en el momento de registrarse, acabarán cumpliendo —si son exitosos— con esas funciones. No hay escape porque los partidos son connaturales a las elecciones y a la dinámica de los Congresos (Periódico Reforma, 21 de enero de 2010).
En Sinaloa ya tuvimos candidaturas independientes a principios del siglo XX. La Ley Electoral del Estado de Sinaloa del 14 de noviembre de 1917 en su artículo 31 dice textualmente: Tanto los Partidos Políticos como los candidatos independientes tendrán derecho a nombrar representantes, cuyos nombramientos deberán registrarse ante la autoridad municipal del lugar en que se ha de ejercer el cargo. Cuando los Partidos Políticos o candidatos independientes nombraren dos o más personas para inspeccionar una casilla electoral o las labores de la computación de votos, la primera que se presente será admitida.
Y encontramos otro antecedente en la Ley Electoral del Estado de Sinaloa del 8 de mayo de 1924: Art 19°. Los candidatos no postulados por Partido alguno, tienen derecho de registrar personalmente su candidatura, para adquirir las prerrogativas que a los Partidos Políticos concede el artículo anterior. Y es en la Ley Electoral de 30 de enero de 1968 donde ya no aparecen las candidaturas independientes. Pero regresan.
Ahora para ser candidato independiente, según la nueva Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), en su artículo 368, nos dice que el Consejo General del INE hará una convocatoria. “El candidato…deberá presentar la documentación que acredite la creación de una persona moral constituida en Asociación Civil, la cual deberá tener el mismo tratamiento que un partido político en el régimen fiscal” (un partidito). Para ser candidato a la Presidencia se requieren las firmas del 1 por ciento de ciudadanos de la lista nominal de electores (alrededor de 800 mil) y ese 1 por ciento debe replicarse en por lo menos 17 entidades. Para senadores y diputados de mayoría relativa se necesita del 2 por ciento de firmas en relación a la lista nominal del estado o el distrito. Tendrán acceso a la radio y televisión como si todos ellos fueran un partido de nuevo registro. Podrán tener, según el cargo a que aspiren, representantes ante los consejos (distrital, local y general) del INE y en las mesas directivas de casilla. Podrán recibir financiamiento público y privado. El primero será una bolsa de recursos como si se tratara de un partido de nuevo registro y el segundo no podrá rebasar el 10 por ciento del tope de gasto de la elección de que se trate.
El porcentaje aprobado para ser candidato a la presidencia de la República no será cubierto fácilmente por un aspirante sin dinero, creo más bien, que fue hecho para un Ross Perot, para alguien con mucho dinero. Ross Perot es un rico empresario estadounidense que en 1992 y 1996 participó como candidato independiente a la presidencia de la República de los Estados Unidos.
En cuanto a los requisitos para ser candidato independiente a la presidencia de la República creo que los legisladores se pasaron, difícilmente alguien podrá cumplirlos. También se cuidó, pero en forma excesiva que no se repitiera el caso de Nicolás Zuñiga y Miranda, aquel personaje que en varias elecciones, en 1892, 1896, 1900, 1904 y 1910, sin base social de apoyo, se presentaba a competir por la presidencia de la República, nada más y nada menos, que contra Porfirio Díaz.
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