Esta semana se votará la reforma política electoral

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La concurrencia de las elecciones locales con las elecciones federales, la reelección de diputados locales, alcaldes, síndicos procuradores y regidores, reducción de los tiempos de campaña y paridad de género en candidaturas, son algunos de los cambios que destacan en el proyecto para la reforma político electoral en Sinaloa.

Después de dos semanas de discrepancias entre los grupos parlamentarios, finalmente el pasado jueves el proyecto de decreto se subió al pleno para su primera lectura y el próximo miércoles en sesión extraordinaria será discutido y votado.

Sin embargo, el grupo parlamentario del Partido Sinaloense se inconformó con la decisión de la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación de dejar fuera los esquemas como la revocación de mandato, la consulta popular, la definición de la figura del Síndico Procurador y los candados para evitar la práctica de los “diputados chapulines”.

A través del vicepresidente de la Mesa Directiva, Robespierre Lizárraga, el PAS urgió al pleno a incluir las iniciativas propuestas, mismas que también habían sido presentadas por los integrantes del grupo parlamentario del PRD y el diputado panista Miguel Ángel Camacho.

Para la elaboración del dictamen que modificará los artículos 9, 10, 14, 15, 23, 24, 25, 56, 57, 116, 117, adiciona el artículo 25 Bis y deroga la fracción cuarta del artículo 9 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, se reunieron 16 iniciativas presentadas por los diferentes grupos parlamentarios del poder legislativo, iniciativas de la mesa de diálogo Compromisos por Sinaloa e iniciativas de los ex legisladores locales Manuel y Luis Antonio Cárdenas Fonseca.

Además, las reformas, adiciones y derogaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos, en materia político electoral, realizadas el año pasado, obligan a los estados a reformar artículos que norman la organización y celebración de las elecciones, la integración y funcionamiento de las instituciones electorales, los artículos referentes a los derechos políticos de los ciudadanos y su participación a través de candidaturas ciudadanas.

También se modificarán las normas que establecen los requisitos para los cargos de elección popular y el sistema de medios de impugnación en materia electoral local. 

¿Qué se aprobará?

De acuerdo con el proyecto de decreto emitido en el Congreso de Sinaloa, las elecciones locales se realizarían el primer domingo de junio del año que corresponda. El gobernador, alcaldes, síndicos procuradores y regidores elegidos, entrarán en funciones el primer día de noviembre del año que sean electos.

Anteriormente, el cargo se asumía en enero del año posterior a la elección.

Para que las fechas coincidan con los procesos electorales federales, en los artículos transitorios se establece que los presidentes municipales, síndicos procuradores y regidores que se elijan en el 2016 durarán en su cargo un año y 10 meses, por única ocasión.

El periodo también se acortará para el gobernador que sea electo en 2016, quien durará cuatro años y 10 meses. El mandatario iniciará sus funciones el primero de enero de 2017 y concluirá el 31 de octubre de 2021.

En el caso de los legisladores locales que sean electos en el 2016, durarán en su cargo 2 años, iniciando funciones el 1 de octubre de 2016 y concluirán el 30 de septiembre de 2018.

El proyecto de reforma también plantea la modificación en los tiempos del proceso electoral de gobernador, el cual será de 60 días y el proceso electoral para elegir diputados, alcaldes, síndicos y regidores durará 45 días.

Para ser electo gobernador, diputado, alcalde, síndico y regidor, el ciudadano deberá comprobar una vecindad con residencia efectiva no menor de cinco años. En esta modificación se acortó el tiempo, ya que anteriormente era de 10 años.

En el caso de la reelección, se adicionará el artículo 25 Bis, en el que se establece que los legisladores locales podrán ser electos hasta completar cuatro periodos consecutivos.

La postulación de los diputados que busquen la reelección sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos que integren la coalición que el legislador representa.

Para los alcaldes, síndicos procuradores y regidores, la modificación al artículo 117 permitirá la reelección por un periodo adicional. Quienes ostenten estos cargos por elección directa, nombramiento o designación de alguna autoridad también podrán ser reelectos.

La paridad de género en las candidaturas a diputados, presidentes municipales, síndicos procuradores y regidores deberá ser garantizada en los reglamentos y estatutos de los partidos.

Por cada diputado propietario en el Congreso, se elegirá un suplente del mismo género. Los regidores y síndicos procuradores también deberán tener un suplente del mismo género.

El martes de esta semana, los legisladores darán segunda lectura al proyecto de decreto y el miércoles 13 se votaría y en su caso aprobaría el dictamen para la reforma político electoral en Sinaloa.

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