Anulan sentencia de 10 años dictada al hijo de Alfredo Beltrán Leyva

mochomito buena

Un Tribunal Colegiado en Material Penal anuló la sentencia de 10 años que un Juez había dictado a Jesús Alfredo Beltrán Guzmán, el Mochomito; y a los cuatro hombres detenidos junto con él.

Lea: El ‘Mochomito’: su historia de ascenso y descenso https://bit.ly/2sSsFvE

De acuerdo con la sentencia de amparo del Primer Tribunal con sede en Zapopan, Jalisco, los magistrados determinaron que el Juez que dictó la sentencia no fundamentó por qué impuso a todos el mismo grado de responsabilidad.

El juez sentenció a los cinco a 10 años de prisión y al pago de multa de 16 mil 434 pesos, aún cuando a algunos los condenó por menos delitos que a otros.

El hijo de Alfredo Beltrán Leyva, el Mochomo y sobrino de Joaquín el Chapo Guzmán, fue detenido el 9 de diciembre de 2016, en Zapopan, Jalisco, junto con Gerardo Eddye Cotera García, Jesús Rafael Cuén Ramírez, Joel Eduardo López y Baudelio García García.

El expediente señala que el Mochomito fue condenado por los delitos contra la salud en la modalidad de posesión de cocaína con fines de comercio y portación de arma de fuego de uso exclusivo.

Gerardo Eddye y Jesús Rafael fueron sentenciados por los delitos de contra la salud en la modalidad de cocaína con fines de comercio, portación de arma de fuego y posesión de cartuchos para arma de fuego de uso exclusivo.

A Joel Eduardo y Baudelio los condenaron únicamente por el delito contra la salud en su modalidad de posesión de cocaína con fines de comercio.

En la sentencia el Juez negó conceder los beneficios de sustitución de la pena de prisión y de condena condicional.

Los cinco fueron sentenciados el 28 de abril del año pasado y promovieron un recurso de apelación en el Tribunal Unitario en la que el magistrado confirmó la condena.

Después, los sentenciados promovieron un amparo contra la resolución de la apelación en el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal.

El miércoles pasado los magistrados resolvieron conceder el amparo y ordenaron dejar insubsistente la sentencia debido a que a todos les impuso el mismo grado de responsabilidad.

“Con libertad de jurisdicción, proceda de manera fundada y motivada a graduar el grado de culpabilidad que corresponda a cada uno de los quejosos, deberá mencionar las causas para ello, de acuerdo a las circunstancias de los delitos  cometidos por cada uno de ellos, y en caso de que proceda deberá a disminuir el grado de culpabilidad de algunos y evidentemente disminuya las penas aplicadas en la sentencia”, ordenó el Tribunal.

Además, ordenó el Tribunal: “una vez que haya determinado el grado de culpabilidad y la pena correspondiente, con libertad de jurisdicción deberá pronunciarse en relación a la concesión o negativa de los beneficios y sustitutivos de la pena privativa de la libertad que en su caso se imponga”.

Según el testimonio de los agentes aprehensores, los cinco fueron detenidos cuando circulaban en dos vehículos.

Jesús Rafael y Gerardo Eddye circulaban en un Jetta, y al primero le hallaron fajada una pistola calibre 38 súper con 10 cartuchos y tres celulares; y al segundo una pistola calibre 38 con 10 tiros, un portacargador con dos cargadores y siete cartuchos y dos celulares.

Dentro del vehículo localizaron un fusil calibre 223, con 28 cartuchos útiles, una pistola calibre 5.7×28 con 35 tiros, dos paquetes confeccionados con cinta canela y una bolsa con 10 dosis de cocaína.

Los otros tres viajaban en otra unidad conducida por Joel Eduardo; y como copiloto Jesús Alfredo, quien llevaba fajada una pistola calibre 9 milímetros con cinco cartuchos útiles, dos celulares y 100 billetes de 500 pesos; y en el asiento trasero iba Baudelio.

En el piso del vehículo localizaron una bolsa con dos paquetes envueltos en cinta canela y una bolsa con 18 dosis de cocaína, una báscula granera y una granada de fragmentación.

Los abogados de los acusados señalaron que durante la detención hubo violaciones a los derechos de los detenidos.

Aseguraron que no fueron detenidos juntos sino separados y luego reagrupados con “el fin de fabricar una escena del crimen”.

Según los abogados, Jesús Rafael y Gerardo Eddye fueron detenidos en un sitio y Joel Eduardo, Jesús Alfredo y Baudelio en otro.

“Fueron agrupados (cuando los subieron a un vehículo blindado de la Policía Federal), los pasearon aproximadamente 10 minutos y luego los llevaron al lugar donde fueron detenidos los primeros dos acusados, donde ya se encontraba el automotor Golf, todo ellos con el fin de fabricar una escena del crimen”, señalaron los abogados.

Mencionaron también que hubo una “indebida, injusta, ilógica, inmotivada, inobjetiva e irreacional valoración de los dictámenes en dactiloscopía y en criminalística” y que los policías no dieron aviso inmediato sobre la detención de los acusados al agente del Ministerio Público Federal para que éste realizara la conducción de la investigación.

Como parte de la defensa llevaron a declarar como testigos de la detención a un peluquero que antes de la detención atendió a el Mochomito, una ama de casa y al empleado de un taller.

El Juez desechó los testimonios porque fueron insuficientes, debido a que ninguno fue testigo directo de la detención y hubo discrepancias entre ellos.

Articulo publicado el 27 de enero de 2019 en la edición 835 del semanario Ríodoce.

Facebook
Twitter
WhatsApp
Email
  • 00
  • Dias de Impunidad
RÍODOCE EDICIÓN 1106
GALERÍA
Se desató el caos en los Emiratos Árabes Unidos después de que el país fuera testigo de las lluvias más intensas de los últimos 75 años, registrándose en algunas zonas más de 250 mm de precipitaciones en menos de 24 horas
COLUMNAS
OPINIÓN
El Ñacas y el Tacuachi
BOLETÍN NOTICIOSO

Ingresa tu correo electrónico para recibir las noticias al momento de nuestro portal.

cine

DEPORTES

Desaparecidos

2021 © RIODOCE
Todos los derechos Reservados.