Se ampara familia de Carlos Emilio por negativa de juez para que fiscalías informen sobre fosas de Concordia

Se ampara familia de Carlos Emilio por negativa de juez para que fiscalías informen sobre fosas de Concordia

Familia de Carlos Emilio, joven que fue visto por última vez al interior del bar Terraza Valentinos en Mazatlán, solicitó a un juez un amparo por la negativa de las autoridades para proporcionar información sobre los hallazgos de las fosas clandestinas de Concordia.

A través de un comunicado difundido por Brenda Valenzuela, madre de Carlos Emilio, informó que la familia presentó una demanda de amparo para que un juez federal revisara la omisión de las autoridades federales y locales de informarles a todas las víctimas, individuales y colectivos, sobre los hallazgos de restos humanos en las inmediaciones del municipio de Concordia.

“La demanda se presentó tanto con interés jurídico (por la desaparición de Carlos Emilio), como con interés legítimo (por todas aquellas personas víctimas que se encuentran en la misma situación de incertidumbre)”, cita el comunicado.

La familia solicitó que el juez federal ordenara a las Fiscalías General de la República, a la del Estado de Sinaloa, a la Comisión Nacional de Búsqueda y a la Comisión Local de Búsqueda que proporcionaran información.

“Información verificable, precisa, completa y oportuna sobre los restos humanos localizados en las diversas fosas localizadas hasta el momento”, precisa.

También se solicitó una orden para permitir a los colectivos de víctimas el ingresar a la zona del hallazgo, con las debidas medidas de seguridad y preservación de evidencia.

La solicitud se apoyó en criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que ha reconocido que las víctimas indirectas, en este caso los familiares de las personas desaparecidas, están sometidas a actos equiparables a la tortura, en tanto que desconocen el paradero de su ser querido y, además, se enfrentan a la inquietud e incertidumbre sobre el quehacer institucional, lo que les obliga a dedicar su vida a su búsqueda, se agrega.

“Esto fue reconocido por la Suprema Corte en amparo en revisión 51/2020 y es un precedente obligatorio para todos los jueces”, cita. “Sin importarle esos criterios, y con total insensibilidad, el juez Isaí López Triana indicó que ‘la calificación de la urgencia de los actos reclamados es una atribución exclusiva del Juez de Distrito’ y que en su concepto ‘dichos actos, no se advierte que comprometan gravemente su dignidad e integridad personal, al grado de equipararse a un tormento’.

Ante la negativa, el representante legal de la familia presentó un recurso de queja que en 48 horas deberá resolver.

Un Tribunal Colegiado de Circuito en Sinaloa, con residencia en Culiacán, del Poder Judicial federal, integrado por los magistrados Marco Antonio Peña Sanabria, Mónica Cecilia Luna Barrientos y Jorge Medina Sarabia.

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