Pide Profeco a aerolíneas brindar información y protección a pasajeros ante falla de Windows

Pide Profeco a aerolíneas brindar información y protección a pasajeros ante falla de Windows

Tras la falla sistemática de este viernes en Windows a nivel mundial la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) pidió a las aerolíneas mantener informados a los pasajeros sobre el estatus de sus vuelos, así como brindarles las protecciones de ley en caso de que los mismos se demoren o cancelen.

En un comunicado la institución recordó que el artículo 47 Bis de la Ley de la de Aviación Civil “establece que el pasajero tiene derecho a un trato digno y a contar con un alto nivel de información, que le permita conocer sus opciones y tomar alternativas en caso de requerirlas”.

Por lo que señaló, las aerolíneas “están obligadas a informar de manera rápida y expedita al pasajero en caso de que se produzcan cambios en su itinerario o cualquier otra circunstancia que pudiera afectar el servicio contratado”.

“Lo deberán hacer a través de llamadas telefónicas, correos electrónicos, mensajes de texto o cualquier otro medio electrónico, con al menos 24 horas de anticipación a la salida programada” añadió.

Por otro lado dijo que si los cambios se produjeran dentro de las 24 horas previas a la salida programada las aerolíneas deberán informar al pasajero “tan pronto tengan certeza de que dichos cambios son inevitables”.

En caso de demoras, la ley contempla que el pasajero debe ser indemnizado y/o compensado por la línea aérea de acuerdo con los siguientes criterios:

       a) Superior a 1 e inferior a 4 horas: proporcionar como mínimo descuentos para vuelos posteriores hacia el mismo destino y/o alimentos y bebidas

      b) Mayor a 2 pero menor a 4 horas: en caso de descuento, el mismo no debe ser menor al 7.5% del precio del boleto.

En caso de demoras mayores a 4 horas o cancelación, el pasajero tiene la opción de elegir:

       a) El reintegro del precio del boleto o la parte no realizada del viaje, más una indemnización no inferior al 25 por ciento del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje; o,

      b) A transporte sustituto en el primer vuelo disponible y proporcionarle, como mínimo y sin cargo, acceso a llamadas telefónicas y envío de correos electrónicos; alimentos de conformidad con el tiempo de   espera que medie hasta el embarque en otro vuelo; alojamiento en hotel del aeropuerto o de la ciudad cuando se requiera pernocta y, en este último caso, transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto; o,

      c) A transporte en fecha posterior al mismo destino y una indemnización no inferior al 25 por ciento del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.

Mientras que si el pasajero cuenta con boletos de ida y vuelta o con conexión la aerolínea no podrá negarle el embarque a un vuelo por no haber utilizado alguno de los segmentos del trayecto total, por lo que es responsabilidad del pasajero informar a la línea aérea, en el lapso de 24 horas contadas a partir de la hora programada del segmento no utilizado, que hará uso de los segmentos subsecuentes, a través de los medios que la aerolínea disponga para ello.

Asimismo emitió una recomendación para los viajantes, quienes dijo, deben “mantenerse oportunamente informados sobre el estatus de sus vuelos, así como llegar con una mayor anticipación a los aeropuertos para los procesos de documentación, revisión y abordaje”.

Y destacó que, “si la aerolínea no protege o compensa a los pasajeros, pueden presentar su reclamación ante PROFECO, para lo cual tienen plazo de un año. Aeroméxico, Volaris, VivaAerobus y Mexicana participan en Conciliaexprés, mecanismo que permite presentar la queja sin necesidad de acudir a alguna oficina de esta Procuraduría”.

Lee más sobre:

Últimas noticias

Scroll al inicio

2021 © RIODOCE
Todos los derechos Reservados.