Inmobilizan Profeco y Cofepris más de 10 mil productos por incumplir norma de etiquetado

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En un operativo conjunto, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), y la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), realizaron visitas de verificación a supermercados en la Ciudad de México, donde inmovilizaron 10 mil 075 productos nacionales e importados como medida precautoria por incumplir la norma NOM-051 sobre el nuevo etiquetado frontal.

Profeco acudió a cuatro establecimientos denominados Nueva Walmart, City Fresko y Chedraui, donde se realizaron visitas para verificar el cumplimiento de la norma y comprobar que los consumidores sean informados adecuadamente sobre los productos que adquieren. Los productos asegurados incluyen chocolate en polvo y jarabe para malteadas.

Los productos asegurados en estos establecimientos fueron:

  • Chocolate en polvo, fortificado con vitaminas y minerales, marca Choco Tavo, 350 gramos.
  • Polvo para preparar una bebida sabor a chocolate, marca Choco Tavo, 327 gramos.
  • Don Gustavo, chocolate para mesa, 540 gramos.
  • Jarabe para malteada sabor vainilla, chocolate y fresa, marca D’Gari, 453 gramos.
  • Chocolate para mesa tradicional mexicano, marca Chocolate Ibarra, 540 gramos.

Simultáneamente, Cofepris acudió a supermercados denominados Soriana y Chedraui, donde también se identificó el incumplimiento en etiquetados de varios productos.

Entre las más de 80 marcas inmovilizados, destacan:

  • Galletas sándwich sabor a chocolate con relleno cremoso, sabor a vainilla, marca Oreo, 273.6 g.
  • Galletas chunky, marca Chips Ahoy!, 333 y 552 g.
  • Cereal de avena tostado y endulzado con malvaviscos, marca Lucky Charms, 309 g.
  • Salsa pesto, marca Filippo Berio, 190 g.
  • Bombón blanco, marca Kraft, 283 g.
  • Fritura de maíz, marca Doritos, 262.2 g.
  • Pop Corn sabores flamin hot y queso, marca Cheetos, 396.9 g.
  • Jarabe de maíz líquido, marca Hershey’s, 623 g.
  • Gelatina sabor limón, marca JELL-O, 85 g.

Los productos fueron asegurados por presentar irregularidades en su etiquetado, tales como: omitir el sello de exceso calorías o exceso azúcares, omitir leyendas de alergenos y las asociadas al contenido de cafeína y edulcorantes,presentar imágenes interactivas en productos con sellos de advertencia o etiquetado derogado.

La regulación nacional es de carácter obligatorio y, en materia de etiquetado, establece la información comercial y sanitaria que debe contener el etiquetado del producto preenvasado destinado al consumidor final, de fabricación nacional o extranjera, comercializado en territorio nacional. Los sellos de advertencia nutrimental deben estar situados al frente de los empaques.

La colocación de sellos en posición lateral o posterior puede tener el propósito de invisibilizar contenidos no saludables o engañar a las y los consumidores sobre las propiedades nutrimentales de los artículos.

Las y los fabricantes de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados de productos mexicanos e importados son sujetos obligados del cumplimiento de la normatividad vigente, pueden encontrar guías y manuales sobre la aplicación de la NOM-051 disponible en la siguiente dirección electrónica https://bit.ly/3IvxVLm

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