El atrevido abogado que enfrenta la entrega de Fíats en Sinaloa

CAMILO ROMERO. La ruta del salmón.

El gremio siempre en conflicto, mejor calla

Camilo Romero Alvarado sabe que no tiene nada de lo que exige el gobernador en turno para elegir a los notarios públicos. Quirino Ordaz repite la tradición de los requisitos que no se mencionan en la convocatoria: El papá de Camilo Romero no es notario, no es hijo de un exmagistrado del tribunal de justicia, ni de un expresidente del Instituto Electoral, no lo mandaron a dirigir ningún partido, tampoco fue funcionario de alto rango del gobernador, no es yerno de un poderoso empresario, el gobernador no le debe ningún favor…

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Él no dice todo eso. No personaliza. Es la historia la que va contando a quienes entregó las Notarías Quirino Ordaz, Mario López Valdez, Juan Millán. Hijos de…nietos de…cercanos a…

“Sin hacer alusión personal”, insiste, “a muchos los conozco, son profesionistas también”.

Resume Camilo Romero de otra manera el estilo creado en la designación de notarios: “intereses particulares creados, fuera de los principios que rigen a la función del notariado, que son el interés social y el orden público. No puede, a título personal, hacer esas designaciones, como tampoco realizar cualquier acto de autoridad.”

Hay tres juicios de amparo en estos momentos contra el proceso de selección de notarios en Sinaloa. Se presentaron hace casi un año, en diciembre pasado, los juicios los presentó el despacho de abogados Masao Sandoval Valle. De ellos es Camilo Romero quien se atreve a hablar. La profesión de abogado es incompatible con evitar conflictos, pero tratándose de las Notarías nadie quiere enemistarse con el poder. Emprender una defensa jurídica, defenderse. Nadie lo hace, mejor callan.

Para los abogados que emprendieron esta defensa jurídica la clave está en el artículo 41 de la Ley de Notariado del Estado de Sinaloa.

Dice el artículo 41. Una vez remitida por el Secretario del Jurado de Examen el acta con los resultados a que se refiere el capítulo anterior, el Titular del Ejecutivo del Estado determinará a quién o quiénes otorgará el Fíat de Notario, remitiendo la documentación a la Secretaría General de Gobierno para que realice los trámites para la expedición y entrega del Fíat Notarial.”

Para Masao Sandoval y Camilo Romero el artículo es inconstitucional, “esas facultades discrecionales se deben sujetar a criterios objetivos y razonables”, que en este caso se trata de las calificaciones finales del examen a que sometieron a los aspirantes, la experiencia en el ramo del notariado que solicitaba la convocatoria, y por último la preparación académica.

“Entre esos criterios debe estar tomar en cuenta esas calificaciones. Qué caso tiene que personas como Camilo (Romero) hayan obtenido 95 (que fue de las más altas, solo hubo un 98), y a fin de cuentas se les está otorgando el Fíat a quienes obtuvieron 90 u 85,” dice Masao Sandoval.

Y es que de acuerdo a los datos: Camilo Romero, como otros de los rechazados al final, obtuvieron mejor calificación que la mitad de quienes sí recibieron el Fíat, y cuentan con preparación académica superior de quienes sí resultaron seleccionados al final por el gobernador Quirino Ordaz.

El tema del artículo 41 es que deja abierta esa discrecional en el gobernador. Dice Camilo Romero: “nosotros decimos que es inconstitucional porque a final de cuentas carece de toda fundamentación y motivación, entonces qué caso tendría todo el procedimiento de selección y todo el procedimiento de exámenes, si a final de cuentas la elección se da basándose en cuestiones subjetivas, que no tienen nada qué ver con parámetros como una calificación, el perfil, la experiencia, que sí señala la ley de notariado, pero el artículo 41 al parecer hace nulo todo ese procedimiento y deja abierta esa posibilidad de que el gobernador, bajo cualquier criterio, de manera discrecional, pueda elegir notarios.”

Y es que “las facultades discrecionales no deben ser arbitrarias, sino que deben ajustarse a criterios objetivos y razonables (calificación del examen, estudios de posgrado, experiencia). Esos son los criterios objetivos y razonables a los que tienen que ajustarse para que no sea arbitraria esa facultad discrecional,” remata Sandoval Valle.

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Por el momento el juicio de amparo está por cumplir un año. Los primeros Fíat los otorgó Quirino Ordaz en noviembre pasado. No se ha celebrado la audiencia constitucional porque se han presentado “hechos novedosos” que han obligado a una ampliación de demanda, por ejemplo cuando se conocieron las calificaciones de todos los aspirantes que sí obtuvieron el Fíat.

Ahora también se argumenta en el juicio de amparo que se trató de una decisión discriminatoria: “porque a Camilo (Romero) se le debió haber tratado de manera igual que a los demás, bajo su derecho constitucional. Si Camilo obtuvo 95 de calificación y se les otorgó el Fíat a personas de 90 y 85, entonces se le ha estado discriminando.”

Camilo Romero se sabe solo en esta demanda. Sus pares solo le dicen “échale ganas”. Es claro, concluye: “El gremio no se ha unido para señalar este tipo de irregularidades, y terminar con estas prácticas. En este proceso tampoco el gremio notarial se ha manifestado.”

Artículo publicado el 12 de septiembre de 2021 en la edición 972 del semanario Ríodoce.

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