Los clientes o usuarios deberán permitir a los bancos acceso a su geolocalización en tiempo real al aperturar cuentas, celebrar contratos y al realizar operaciones o servicios.
La Asociación de Bancos de México (ABM) dio a conocer que la nueva disposición bancaria deberá entrar en vigor a partir del martes 23 de marzo de 2021, “en cumplimiento del marco legal en materia de prevención de lavado de dinero y combate al financiamiento del terrorismo en el país”.
Comunicado de prensa. Para seguir disfrutando los servicios de los bancos a través de canales digitales, a partir del 23 de marzo de 2021, previo a la apertura de cuentas, celebración de contratos y la realización de operaciones o servicios de forma remota, pic.twitter.com/RruTEVXU9W
— Asociación de Bancos de México (@AsocBancosMx) March 18, 2021
A través de un comunicado, la ABM informó que la medida de conformidad con la Resolución que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de carácter general a las que se refiere el artículo 115 de la Ley de instituciones de Crédito, publicada el 22 de marzo de 2019 en el Diario Oficial de la Federación.
Para tales efectos, los clientes y usuarios deberán dar su consentimiento en sus dispositivos sobre su ubicación y, en su caso, proceder con las actualizaciones y permisos para que los bancos estén en posibilidad de otorgar los servicios correspondientes, en los términos y condiciones que cada banco defina.