Covid atora reformas electorales en el estado

MAYOS DE SINALOA. Seguirá la espera.

Ni regidores indígenas, ni contrarreformas de cabildos logran concretarse

 

La emergencia sanitaria provocada por Covid-19 trastocó la salud, la vida social y económica, pero también entrampó las reformas electorales que en Sinaloa se preparaban para aplicarse en los comicios del 2021, en los que se renovará la gubernatura, diputaciones federales, locales y ayuntamientos.

Los tiempos se agotaron para introducir modificaciones legislativas en materia electoral. El último plazo se venció el pasado 15 de septiembre, fecha límite antes de la emisión de la convocatoria del proceso electoral programada para el 15 de diciembre.

Con base en el artículo 105 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes electorales federal y locales deben promulgarse y publicarse por lo menos 90 noventa días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse, y durante el mismo no puede haber modificaciones legales fundamentales.

Desde antes del registro del primer caso de Covid en Sinaloa, ya se habían iniciados los trabajos para buscar contar con regidores de representación indígena en los ayuntamientos. Representantes de partidos políticos ya habían empezado a explorar la posibilidad de revertir la reducción del número de regidores en los cabildos, y se habían presentado otras propuestas de reformas electorales, como la iniciativa del PRI para modificar la forma de elección de los síndicos procuradores.

Las propuestas quedaron imposibilitadas para ser aplicadas en el próximo proceso electoral del 2021, como se aspiraba. La emergencia sanitaria alteró los calendarios previstos e hizo escasos los espacios para los consensos. Se acabó el tiempo, pese a que el Congreso del Estado hizo el esfuerzo por sacar adelante al menos la representación indígena, al haber aprobado mover la fecha de la expedición de la convocatoria de septiembre a diciembre del presente año.

 

Los indígenas pueden esperar

Desde el pasado 21 de enero, el Poder Legislativo llevó a cabo el primer foro estatal como parte de la Consulta Indígena Electoral. Posteriormente vinieron reuniones de trabajos en los municipios con población indígena: Culiacán, Sinaloa, Navolato, Angostura, Elota, Guasave, Escuinapa, El Fuerte, Ahome y Choix.

El trabajo de los foros tenía como antecedente una sentencia expedida el 28 de noviembre de 2018 por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que mandató al Congreso del Estado a legislar para garantizar la representación de los pueblos y comunidades indígenas en los Cabildos, tal como ordena la Constitución Federal.

De hecho el artículo 25 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece el derecho de los pueblos y comunidades indígenas a elegir en los municipios con población indígena, representantes ante los ayuntamientos.

En la última reforma, apenas publicada en el Diario Oficial de la Federación en abril del presente año, se especificó además que las constituciones y leyes de cada entidad deben reconocer y regular estos derechos con el propósito de fortalecer la participación y representación política de conformidad con sus tradiciones y normas internas.

Al momento, ni la Constitución de Sinaloa, y por consiguiente la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Sinaloa, reconocen el derecho de los pueblos y comunidades indígenas de tener representantes ante los ayuntamientos.

CONGRESO DEL ESTADO. Los impactos del Covid.

Apenas el pasado 12 de septiembre, con un retraso de casi seis meses se pudo realizar el foro final para la presentación de acuerdos antes de presentar las iniciativa de reforma. Inicialmente el foro se había programado para el 25 de marzo, explicó la presidenta de la Junta de Coordinación Política, Graciela Domínguez, cuando dio la bienvenida a los asistentes.

El evento se había suspendido meses atrás con motivo de la emergencia sanitaria implementada por los gobiernos estatal y federal ante la pandemia de Covid-19. El acuerdo había sido tener un foro presencial con 40 representantes de pueblos y comunidades indígenas para exponer las opiniones sobre cómo debía regularse el derecho de representación ante los Ayuntamientos.

Al final del foro con organizaciones indígenas, como parte de un acuerdo que se había aprobado por el Pleno del Congreso del Estado desde el 19 de diciembre de 2019, se presentó la iniciativa de reformas a la Constitución con los procedimientos de elección de representantes indígenas ante los ayuntamientos.

Faltaban tres días para vencer el plazo, pero los tiempos ya no permitían que pudiese alcanzar para aplicarse en el siguiente proceso electoral, porque de acuerdo al marco legal, una reforma constitucional requiere la aprobación de los ayuntamientos, y ello implicaría al menos un par de semanas más.

Ya también habían sido presentadas desde 2019, iniciativas de reforma para contar con regidores indígenas por parte de los grupos parlamentarios de Morena, PRI y el presidente estatal del PAS, Melesio Cuén Ojeda.

 

La contrarreforma que no llegó

En la primera quincena de marzo representantes de los partidos políticos buscaron un encuentro con la presidenta de la Junta de Coordinación Política. En la reunión estuvieron presente voces del PAN, PRI, PRD, PAS y Movimiento Ciudadano.

Ahí, el dirigente estatal del PRD, Audómar Ahumada Quintero, tomó la palabra y expuso que previamente como institutos políticos ya habían sostenido reuniones y habían consensuado algunos puntos y sumado otros.

El planteamiento era entonces trabajar en una reforma electoral que diera prioridad a los puntos en donde hubiera consenso y dejar para posteriores reformas en donde no hubiese coincidencias. Revertir la reforma que redujo el número de regidores en los cabildos, en la anterior elección, había sido una de las propuestas.

Pero luego, vino en la segunda quincena de marzo la emergencia sanitaria y la entrada en vigor de la Sana Distancia que redujo la movilidad a las actividades esenciales.

 

El síndico procurador para la primera minoría

La bancada del PRI se quedó con la iniciativa que presentó para desvincular la elección del síndico procurador de los presidentes municipales y regidores de los ayuntamientos, proponiendo que fuese electo por primera minoría y no mediante una sola planilla como actualmente se elige. Derivado de ello también propuso disminuir de tres a dos los regidores de representación proporcional en los ayuntamientos de Choix, Angostura, Badiraguato, Cosalá, Elota, San Ignacio y Concordia.

Los planes de reformas electorales más amplias los estropeó el Covid; entre las más relevantes que sí lograron legislarse a tiempo fueron las relativas a paridad de género y la eliminación de financiamiento de ayuntamientos a partidos políticos.

El resto de propuestas, sobre todo la de regidores indígenas que llevaba el mayor trabajo parlamentario, deberá esperar otra elección para poder aplicarse. Se podrá legislar, pero sería aplicable para elecciones futuras, la más próxima la de 2024.

 

QUIRINO Y GRACIELA. Dos poderes.

 

Morena quiere frenar el fast-track legislativo del gobernador

Sin hacer ruido ni anuncios mediáticos, el Grupo Parlamentario de Morena busca frenar el fast-track legislativo del gobernador. Al iniciar septiembre presentó una iniciativa de reforma para cambiar las reglas al Ejecutivo Estatal sobre las iniciativas preferentes.

El recurso legal de la iniciativa preferente puede ser usado por el gobernador en turno para sacar en un tiempo récord reformas legales que son de especial interés para el titular del Poder Ejecutivo, sin tener que pasar lentamente por todo el proceso parlamentario que puede prolongarse semanas, meses, años o incluso quedar atrapada en la llamada congeladora legislativa.

Cuando se le cuestiona a la coordinadora parlamentaria sobre los objetivos de la iniciativa, la diputada Graciela Domínguez Nava sostiene que se trata de empoderar al Congreso del Estado y buscar los mejores equilibrios de poderes.

En Sinaloa el mecanismo de iniciativa preferente se adoptó desde el 2012 en el sexenio del gobernador Mario López Valdez, aunque no fue la primera entidad que la aplicó, ya lo había hecho en 2010 Nayarit y en 2011 Baja California y Oaxaca. Actualmente un total de 18 estados y la Ciudad de México lo tienen incorporados a su marco legal, aunado a que en la Constitución federal está desde 2012.

La bancada de Morena señala que de acuerdo a un estudio comparado entre las legislaciones de las entidades, la modalidad de iniciativa preferente adoptada en Sinaloa difiere muy marcadamente del resto de las legislaciones estatales y de la federal.

En la entidades donde existe la iniciativa preferente en la legislación, el plazo promedio para la votación de la iniciativas oscila entre los 30 días naturales y la duración completa del periodo ordinario de sesiones en la que se presente la iniciativa, mientras que en Sinaloa es de apenas 10 días naturales.

“El plazo de 10 días resulta antiparlamentario, anticonstitucional y consagra la peor versión de la perniciosa práctica de legislar al vapor”, se lee en el apartado de exposición de motivos de la iniciativa presentada por la bancada de Morena.

Y agrega que si de por si este plazo suena absurdo, el requisito de la votación lo empeora, ya que a diferencia de todos los estados que contemplan el mecanismo, incluyendo la Constitución federal, en Sinaloa las iniciativas preferentes requieren de una mayoría calificada, pero no para aprobarlas, sino para rechazarlas o siquiera modificarlas, lo que consideran conspira contra la raíz republicana de la división de poderes.

Para los diputados de Morena el anterior requerimiento equivale a una nueva modalidad del sistema de gobierno por decreto porque basta que una tercera parte del Congreso del Estado sea afín al Ejecutivo Estatal para que sus iniciativas preferentes sean aprobadas.

Las facultades que consideran extraordinarias para legislar por decreto, no señala límites para hacer modificaciones, puesto que es posible que se presente una iniciativa voluminosa que implique reformas a una gran cantidad de leyes.

Con elementos más racionales, que meterían freno a la legislación fast-track del gobernador, los diputados proponen que se establezca que el gobernador tendrá el derecho de presentar dos reformas con el carácter de preferente, la cuales se podrán votar en el Pleno durante el periodo ordinario que se presenten, en lugar del plazo de los 10 días naturales que señalan actualmente.

No podrán tener el carácter preferente las iniciativas que el Ejecutivo Estatal presente en materia presupuestal, el sistema electoral y de partidos, ni reformas constitucionales.

Artículo publicado el 20 de septiembre de 2020 en la edición 921 del semanario Ríodoce.

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