Ciudadanos demandan y juez sentencia a transportistas de Mazatlán a mejorar el servicio

camion maza

En Mazatlán los ciudadanos están obligando a la alianza de transportistas a mejorar el servicio.

Mediante una demanda de acción colectiva, lograron que un Juez ordenara a los concesionarios cumplir con las condiciones mínimas de higiene, comodidad y seguridad que exige la Ley de Tránsito y Transportes del Estado.

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Mientras no cumpla con la sentencia, por medio de un Juez los usuarios pueden solicitar reembolso del 20 por ciento del pasaje pagado, presentando los boletos con los que se acredita la contratación del servicio.

Hasta el momento son 30 las personas que lo han solicitado y los reembolsos han sido de entre 750 y hasta 4 mil pesos en un caso.

La demanda de acción colectiva contra la Alianza Transportadores y Camioneros de Servicios Urbanos y Sub-Urbanos de Mazatlán fue presentada por la asociación civil Acciones Colectivas de Sinaloa y sentó un precedente al ser la primera que se resolvió en el país.

Las acciones colectivas son una herramienta jurídica usada para proteger el derecho que tiene un grupo de personas contra uno o varios proveedores que vulneren sus derechos, con el objeto de eliminar las practicas abusivas y pueden ser promovidas por Profeco, Profepa, FGR, Condusef y organizaciones civiles sin fines de lucro.

En la sentencia se exige que las unidades cuenten con aire acondicionado, tengan asientos para personas con discapacidad, contraten seguro de viajero, circulen a velocidad máxima de 40 kilómetros por hora, solo suban o bajen pasaje en paradas autorizadas, eviten llevar música, los choferes tengan certificado de aptitud y que respeten sus horarios.

La última resolución en la que el Juez ordena el pago a un usuario fue el 28 de julio pasado y pide el reembolso por mil 997 pesos, “debido a que a la fecha no se encuentra demostrado de manera fehaciente el cumplimiento de todos y cada uno de los puntos a que fue condenada (la Alianza)”.

El representante legal de quienes presentaron la demanda de acción colectiva, Cristóbal Álvarez, explicó que la sentencia reconoce los derechos de los usuarios.

Cualquier persona que use el transporte en Mazatlán, dijo, puede solicitar el reembolso presentando los boletos.

Los usuarios que ya hicieron sus reclamaciones pueden volver a solicitarlas durante todo el tiempo que la Alianza tarde en cumplir con toda la sentencia, indicó.

Mencionó que la Alianza ha estado cumpliendo con la sentencia y lleva alrededor del 30 por ciento.

“El Juez le está otorgando plazos de tres meses y la Alianza ha estado probando o acreditando que ha estado cumpliendo, no están cumpliendo con todo de golpe porque es imposible que lo hagan pero sí ha demostrado por fin disposición a cumplir. De inicio, con todo y la sentencia, y a pesar de que perdieron el amparo, se resistieron a cumplir pero con el paso del tiempo y una multa que les aplicó el Juez que llegó a pasadito del millón de pesos, ya mostraron mejor disposición y están trabajando sobre eso”, dijo.

La multa fue aplicada por el Juez en diciembre pasado.

Los usuarios deben solicitar el reembolso ante un Juez a través de Acciones Colectivas de Sinaloa quien presentó la demanda, pero el dinero se paga directamente al usuario en el juzgado, explicó.

El abogado mencionó que las solicitudes que se han hecho han procedido y la Alianza sí las está pagando.

“La Alianza ha presentado recursos de apelación pero lo pierden, después pueden promover un amparo indirecto pero como no le otorgan la suspensión, lo que hace la Alianza mejor es pagar”, expresó.

Señaló que esperaban que más usuarios reclamaran el reembolso pero apenas 30 lo han hecho.

“El derecho está ahí, la posibilidad de recuperar ahí está, pero lamentablemente no lo han utilizado”, manifestó.

La Alianza promovió un amparo en la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra la sentencia del Juez pero le fue negado.

El Juez que resolvió la demanda de acción colectiva estableció el reembolso del 20 por ciento del pasaje pagado por los daños derivados del incumplimiento de la Alianza de las obligaciones que le impone la Ley de Tránsito y Transportes del Estado de Sinaloa y su Reglamento General, relativas a la prestación del servicio público de transporte urbano de pasajeros, que le fue concesionado por el gobierno del estado de Sinaloa

“La condena implica la prestación del servicio publico de transporte urbano de pasajeros de esta ciudad de Mazatlán, Sinaloa, respetando de manera forzosa todas las especificaciones contenidas en la Ley de Tránsito y su propio reglamento que regulan el propio servicio”, indicó el Juez.

Señala que hay obligaciones que requieren mayor tiempo como es la instalación  de asientos para uso exclusivo de personas con capacidades diferentes y equipos de aire acondicionado.

Establece que las obligaciones que puede cumplir de inmediato son respetar las paradas y paraderos autorizados y no rebasar los 40 kilómetros por hora, con excepción de las zonas donde se permita velocidad superior.

Otras requieren de un lapso breve, señala, es portar el número de permiso y razón social para fácil identificación de las unidades, que presenten pintura exterior en buen estado, higiene exterior e interior, que se respete el horario de salida y llegada de cada uno de los puntos de ruta autorizada e implementen todas las medidas de supervisión y control necesarias para este efecto.

Además señala que los conductores deben portar el certificado de aptitud, que tengan y revaliden la correspondiente licencia de manejo y contratar seguros contra accidentes.

Artículo publicado el 8 de septiembre de 2019 en la edición 867 del semanario Ríodoce.

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