Enredo legal entorpece la revisión de cuentas públicas

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Aunque los diputados protagonizaron maratónicas sesiones sobre la aprobación o desaprobación de los informes de las cuentas públicas presentadas por la Auditoría Superior del Estado (ASE), la votación no tiene ninguna vinculación o efecto jurídico.

Lea: Desaprobación histórica de todas las cuentas públicas de los municipios https://bit.ly/2SRY79B

Por primera vez en la historia legislativa de Sinaloa, la totalidad de los 18 gobiernos municipales tienen una votación reprobatoria de los informes de cuentas públicas. Pero ello no tiene ninguna consecuencia jurídica, ni significará el cese de la entrega de participaciones o recursos de programas estatales o federales, como sucedía en el pasado.

La afirmación sobre el nulo efecto que tiene la votación a los dictámenes presentados por la Comisión de Fiscalización ante el Pleno es una realidad contenida con el nuevo marco legal, producto de las reformas constitucionales realizadas durante la anterior Legislatura.

Las lagunas jurídicas, contradicciones del marco legal en fechas, planeadas o no, forman parte de la nueva legislación en materia de fiscalización que dejan fuera a los diputados de emprender acciones, más allá de tener conocimiento de las tareas realizadas por su brazo técnico, la Auditoría Superior del Estado.

De acuerdo con el artículo 50 de la Ley Orgánica de la ASE, el Pleno del Congreso del Estado tiene hasta el 31 de julio para someter a votación del pleno los dictámenes para aprobarlos o rechazarlos, pero no puede implicar por ello una reapertura de los informes de las cuentas públicas que presentó la ASE.

La único que pueden hacer los diputados es pedir aclaraciones a la ASE y explicaciones a los funcionarios, para que con esta información la Comisión de Fiscalización formule recomendaciones que deberán integrase en la conclusión final.

Los empalmes de los plazos legales en materia de fiscalización puso en una discusión sin salida a los diputados. Aunque la Ley Orgánica de la ASE señala que deben votarse los informes a más tardar el 31 de julio, el artículo 43 de la Constitución local señala que será hasta el 31 de octubre cuando concluirá la revisión de la cuenta pública.

Las dos fechas, pusieron en el centro de la discusión a los diputados. Al PAN y el PRI con la interpretación legal de que la votación era improcedente e ilegal porque se estaba en un proceso de solventar no concluido de los entes auditados; y por parte de Morena, quienes defienden que la ley señala que deben votar los informes de las cuentas a más tardar el 31 de julio.

En apego a la Ley Orgánica de la Auditoría Superior de Sinaloa, la ASE entregó  el 20 de febrero al Congreso del Estado a través de la Comisión de Fiscalización, el informe general y los informes de la revisión y fiscalización superior de 2017. A partir de esa fecha, las entidades que fueron fiscalizadas, es decir, los 18 municipios, así como las secretarías del gobierno estatal que formaron parte de la muestra auditada, tenían a más tardar 10 días hábiles para comunicarles las observaciones, en tanto que los entes tenían 30 días para presentar la documentación, tales como facturas, expedientes, bitácoras, entre otras que no fuesen encontradas.

Después de esa fecha tenían además otros 120 días hábiles para presentar sus respuestas a la ASE para explicar documentalmente las observaciones que los auditores encontraron.

Sin embargo, también el artículo 22 de  Ley Orgánica de la Auditoría Superior del Estado, señala que para que la ASE emita los finiquitos  de las cuentas públicas estatal o municipal, así como de las demás entidades fiscalizadas, deberá aprobarse previamente un dictamen por parte del Congreso del Estado. Ese será en realidad el capítulo final, el cual entonces podrá publicarse en el periódico oficial.

Todo ello sin que se pueda afectar el curso de observaciones, recomendaciones y acciones que pueda promover la ASE.

El capítulo final sobre cuentas públicas se escribirá en octubre. El de julio sólo fue en apego a un plazo legal que debió borrarse por la anterior legislatura, pero que en la prisa por realizar la reforma no se incluyó.

Artículo publicado el 28 de julio de 2019 en la edición 861 del semanario Ríodoce.

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