TEPJF multa al PRI con 43 mdp por filtración de lista nominal de Sinaloa

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó una multa al PRI por 43 millones 795 mil pesos por haber permitido la difusión del Listado Nominal de Electores (LNE) del estado de Sinaloa en el portal digitalocean.com.

Los magistrados también aprobaron la multa impuesta en lo individual por 10 mil 956 pesos a Jesús Gonzalo Estrada Villarreal (representante del PRI ante el Instituto Electoral de Sinaloa); César Manuel Ochoa Salazar (ex secretario de Organización Electoral del Comité Directivo Estatal del PRI en Sinaloa y actual director de Desarrollo Urbano de Culiacán), y a Teresa de Jesús Nieto Ríos (directora de Informática del Comité Directivo Estatal del PRI en Sinaloa), de acuerdo a El Universal.

A causa de esa filtración de datos, estuvo disponible en internet la información de casi 2 millones de ciudadanos de esa entidad, correspondientes a los listados nominales de 2014-2015 y 2015-2016, mismos que habían sido entregados a ese partido para su revisión, con miras a las  elecciones locales, como marcaban antes los lineamientos del Instituto Nacional Electoral (INE), que actualmente ya restringe ese acceso.

En sesión pública y por unanimidad, los magistrados resolvieron que la sanción impuesta por el INE en marzo sí fue adecuada, pues el PRI no resguardó como debía el LNE, con lo que los datos personales fueron visibles en esa página de internet.

También declararon infundados los argumentos del PRI, que en su defensa alegó que la denuncia inició por el correo electrónico de un extranjero —el experto en seguridad informática Chris Vickery — en violación a la Constitución por inmiscuirse en asuntos del país, que la multa era excesiva y que no era responsable de los actos en que incurrieron tres ciudadanos.

Los magistrados establecieron que el asunto derivó de una denuncia del director del Registro Federal de Electores (RFE) y que la sanción es proporcional y acorde a la falta.

La sentencia declara infundados los alegatos del PRI respecto a que la sanción que se le impuso fue mayor a la que mereció Movimiento Ciudadano por un caso similar de filtración de datos de electores, que también fueron difundidos en internet.

No se dio la razón al PRI, porque “el monto del financiamiento que recibió [MC] es significativamente distinto al del partido político recurrente en el caso que menciona y, en consecuencia, los porcentajes que se imponen como sanción al apelante también deben serlo, sin que estos resulten excesivos”.

Los magistrados valoraron que el INE dejó “acreditada de manera plena y objetiva la falta al deber de cuidado y concluyó en cada caso y de forma particularizada el vínculo causal entre los funcionarios y el partido político”.

La sanción al PRI es la tercera impuesta por casos de filtración de datos del padrón y Listado Nominal de Electores en internet.

Primero fue sancionado Movimiento Ciudadano por el caso buscardatos.com, luego por el caso Amazon, sancionado con 34.1 millones de pesos (aún pendiente en el TEPJF) y este asunto de digitalocean.com.

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