Hasta cuatro años de prisión por llamadas falsas a números de emergencia

El Congreso del Estado aprobó tipificar como delito en el Código Penal de Sinaloa el uso indebido de los servicios de emergencia.

De acuerdo con el dictamen aprobado, habrá sanciones que van de uno a cuatro años de prisión y de 70 a 400 días multa, a quien realice llamadas falsas a los servicios de emergencia en la entidad.

El uso indebido de los servicios de emergencia para movilizar cuerpos de emergencia, será perseguido a petición del representante legal de la institución cuya movilización se pretenda realizar o se haya realizado como consecuencia del aviso de emergencia.

Asimismo se precisa que “si con la llamada o mensaje se produce un daño, se altera el orden público o se distrae el estado de fuerza de la autoridad, se impondrán de uno a cuatro años de prisión y, de setenta y dos a doscientos días multa.

En caso de reincidencia, se impondrá de dos a cuatro años de prisión y de 250 a 400 días multa.

Establece también, que en el caso de que las llamadas o mensajes falsos las realicen menores de edad, se sancionará de acuerdo a lo establecido en la Ley de los  Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sinaloa, y en la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.

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