Avala SCJN que justicia militar procese a efectivos involucrados con delincuencia organizada

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que la justicia militar procese a efectivos de las fuerzas armadas que estén involucrados en delitos de delincuencia organizada cuando se hayan aprovechado del cargo.

Aunque los ministros establecieron que los tribunales militares sólo deben conocer casos que afecten la disciplina militar, determinaron que los delitos relacionados con el narcotráfico pueden ser también distanciados por jueces militares porque deben ser considerados como faltas a la disciplina militar, publicó la agencia Apro.

Cuando un militar aprovecha los recursos materiales y humanos que tiene a su cargo para fomentar o favorecer el narcotráfico en lugar de combatirlo, comete actos que tienen que ver con el servicio castrense, por lo que el caso debe ser conocido por el fuero militar, dijeron los ministros.

Por el contrario, cuando no exista relación con el servicio castrense, el militar acusado de delitos contra la salud debe ser procesado por los tribunales civiles.

Para los ministros, el delito de traición a las fuerzas armadas es un delito del orden castrense, pues afecta la disciplina militar.

Con esas interpretaciones, la Corte anuló un amparo que un juez federal le había dado a un comandante de una base de operaciones, acusado de delito contra la salud y traición a las fuerzas armadas.

La acusación de la justicia militar asegura que para cometer los delitos el mando militar utilizó al personal bajo su mando.

El juez federal había determinado que, en el caso del delito contra la salud, éste debía ser resuelto por la justicia ordinaria, pero los ministros determinaron que por estar implicados recursos de las propias fuerzas armadas, debe ser sancionado por la justicia militar.

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