Pretenden autonomía limitada a la UdeO

UdeO. El anuncio.

Tras el anuncio de la propuesta de dotar de autonomía a la Universidad de Occidente (UdeO), la iniciativa para su Ley Orgánica propone la existencia de una Junta de Gobierno como máxima autoridad, que estaría integrada en su mayoría por miembros externos a la institución.

La propuesta enviada por el gobernador Quirino Ordaz Coppel contempla que esta Junta de Gobierno esté integrada por un total de siete miembros, de los cuales cuatro podrán ser externos y sólo tres podrán pertenecer al personal académico de la Universidad.

Entre las principales atribuciones de la Junta de Gobierno figura la designación y remoción del rector, así como conocer y resolver los conflictos que surjan entre los demás órganos de la universidad.

La Junta de Gobierno suplirá la existencia de la Junta Directiva que opera en la Universidad de Occidente con cinco miembros: un presidente que es el titular de la Sepyc, un secretario y tres vocales, designados por el gobernador del Estado, que elige al rector.

De aprobarse la propuesta enviada por el Gobernador, el Rector en turno podrá reelegirse por un periodo de cuatro años adicionales, como ya se contempla en la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS), luego de una modificación a su legislación realizada en años recientes en medio de una polémica de la comunidad universitaria.

A diferencia a la actual normatividad de la Universidad de Occidente, la iniciativa contempla un ejercicio obligatorio de auscultación para que la Junta de Gobierno escuche a la comunidad universitaria, previo a la elección de un Rector.

Se argumenta, en la exposición de motivos de la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de Occidente, que se conozcan los propósitos y los planes de desarrollo y la viabilidad de los candidatos a rector, previo a que la Junta de Gobierno tome la decisión inapelable del nombramiento.

A diferencia de la UAS, donde el Consejo Universitario es la autoridad máxima, éste tendrá entre otras facultades, la de nombrar cada año a los integrantes de la Junta de Gobierno, quienes no deberán ser funcionarios públicos, dirigentes de partidos políticos, no estar desempeñando cargos públicos al momento de su designación, ni ser ministro de culto religioso.

En la normatividad de la UdeO, la Junta Directiva concentraba decisiones como la designación de un auditor externo, la aprobación del presupuesto anual, los nombramientos de los directores de unidad, entre otras actividades, que ahora pasarán al Consejo Universitario.

Dentro de las novedades de la legislación de la institución se incluyeron la figura del Defensor de los Derechos Universitarios, que busca estar acorde con las reformas constitucionales de 2011 que promueve la promoción, difusión y salvaguarda de los derechos humanos. Otra novedad sería la creación del Consejo de Vinculación Social para involucrarse con los diversos sectores de la sociedad sinaloense con el fin de mejorar los programas educativos y el desarrollo institucional.

A diferencia de la UAS, en la Ley Orgánica de la UdeO está ausente la figura de la Contraloría Social Universitaria, la cual tiene entre sus facultades proponer al Consejo Universitario un despacho contable externo para hacer una auditoría anual a la institución.

En la UAS la Contraloría Universitaria Social revisa trimestralmente los informes financieros para hacer llegar opiniones y recomendaciones. De acuerdo a la normatividad, esta contraloría está integrada por un diputado de cada uno de los grupos parlamentarios representados en el Congreso del Estado, así como de organismos sociales, empresariales y de gobierno, y del personal docente, administrativo y del alumnado.

En contraste con la legislación de la UAS, la propuesta del Gobernador no contempla dentro de la comunidad universitaria a los egresados ni a los trabajadores jubilados, ni siquiera como miembros honoríficos, como sí se consigna en la centenaria institución.

En el caso de los trabajadores de la institución, se registrarían modificaciones, aunque se establece en un artículo transitorio que no se afectarán los derechos laborales con efectos retroactivos.

En el artículo 54 sobre la definición de los trabajadores de confianza, establece que los cargos  desde rector hasta choferes y secretarias pasando por jefes de sección, supervisores y directores, así como las relaciones laborales de la institución de todo el personal académico y administrativo, se regirán por la Ley Federal del Trabajo.

Anteriormente, las relaciones laborales se entendían establecidas con el Gobierno del Estado y se regían con lo dispuesto en la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Sinaloa.

En cuanto al personal, quedará incorporado al régimen de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, como ahora.

La iniciativa contempla que una vez que apruebe y entre en vigor la nueva ley, el Consejo Universitario tendría 45 días hábiles para expedir los reglamentos vigentes, y 60 días hábiles para integrar la primera Junta de Gobierno de la UdeO, cuyas siglas no han sido definidas todavía.

Artículo publicado el 21 de enero de 2018 en la edición 782 del semanario Ríodoce.

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