¿Ruptura o guerra de posiciones?

 

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El senador Manuel Cárdenas Fonseca hasta ahora en el debate público había defendido las posiciones de Héctor Melesio Cuen Ojeda, líder del PAS, pero inesperadamente ha pasado de la prudencia amistosa a la exposición de sus diferencias. No es fácil para alguien que piensa un poco no tener diferencias con una persona acostumbrada al “sí señor”. Cárdenas Fonseca en el debate sobre la fiscalización de las cuentas públicas hizo circular en redes un texto propio donde cuestiona severamente la colaboración de Cuen Ojeda en Microscopio Social, publicado el 24 de julio en El  Sol de Sinaloa, y llama a generar información “no manipulable de la revisión y fiscalización de las cuentas públicas”.

Además, en http://manuelcardenasfonseca.mx/pas-fiscalizacion/ expone sus puntos de vista sobre diversas afirmaciones del PAS, donde cuestiona severamente el traslado de competencias constitucionales del legislativo al ejecutivo con el señuelo de que ese cambio en los ordenamientos redundaría favorablemente en la transparencia y la rendición de las cuentas públicas.

Los textos son rigurosos, con todas las de la ley, acude a los ordenamientos constitucionales y reglamentarios y duro, durísimo, en observaciones de tipo político. Por ser de interés público destacamos tres señalamientos que son fundamentales:

El PAS argumenta: “No debe haber ninguna confusión. No estamos incurriendo en ninguna anomalía ni nada que nos avergüence. Nuestro voto está fundamentado para fortalecer el Sistema Estatal de Anticorrupción y que las Cuentas Publicas sean analizadas con un verdadero criterio de transparencia y rendición de cuentas”.

 

Cárdenas Fonseca, responde: “La propia fracción VI del artículo 74 de la Constitución federal vigente señala que la conclusión de la revisión de la Cámara de Diputados de la Cuenta Pública se hará ‘con base en el análisis de su contenido y en las conclusiones técnicas del Informe General Ejecutivo del resultado de la Fiscalización Superior…’ Aquí es claro que el Informe General Ejecutivo del resultado, es una herramienta, pero no la única, de la Cámara de Diputados para concluir la revisión de la Cuenta Pública, pero también se fundará en el análisis que realice del propio contenido de dicha cuenta.

 

“Limitar la facultad del Congreso local solamente a la aprobación de un dictamen sobre el Informe del órgano fiscalizador, además de violar las disposiciones de la Constitución federal, conculca también el derecho de la sociedad de evaluar a sus gobiernos de manera integral a través de sus representantes”.

 

El PAS argumenta: “El día jueves 20 se acordó la reforma constitucional que implicó derogar los párrafos sexto y séptimo del artículo 37 y reformar el artículo 43, ambos de la Constitución Política del Estado de Sinaloa”.

 

Cárdenas Fonseca responde: “La derogación de los párrafos sexto y séptimo del artículo 37 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa implica, en los hechos, eliminar del texto constitucional estatal la facultad que le otorga de manera expresa al Congreso de evaluar y fiscalizar la Cuenta Pública (como está señalado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 74 fracción VI para el orden federal).

 

“Por su parte, las reformas al artículo 43 constitucional limitan la facultad del Congreso a aprobar un dictamen del Informe General de Resultados presentado por el órgano fiscalizador. Además, la forma en que está redactada la fracción XXII del citado artículo 43 transfiere a la Auditoría Superior “evaluar los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados por el Presupuesto y verificar el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas”.

 

El PAS argumenta: “Principalmente el PAN, MORENA y PRD, han implementado una campaña de difamación contra el PAS, argumentando que con la reforma acordada le quitamos la responsabilidad al pleno de diputados de revisar, analizar y fiscalizar las Cuentas Públicas del gobierno del estado, municipios y otros entes fiscalizables. Mediáticamente difunden la idea de que con la reforma, las Cuentas Públicas serán analizadas en lo “oscurito”, es decir al margen del Congreso”.

 

Cárdenas Fonseca, responde: “Acotar el papel del Congreso a la discusión y aprobación del Informe referido, pareciera tener el sentido de evitar la crítica, los cuestionamientos y la condena pública del actuar de los gobiernos. Si esto no implica aprobar la Cuenta Pública en lo “oscurito”, sí implica proteger a los gobiernos del escrutinio público y establecer mecanismos de complicidad y ocultamiento a las malas actuaciones de los gobiernos”.

 

En definitiva, hay ruptura evidentemente aunque no necesariamente enemistad (aunque quien lo sabe) y sobre todo, sí entra en la lucha de posiciones en el tema.

 

La pregunta es si el senador será quien inicie una controversia constitucional para derogar las reformas a los artículos 37 y 43.

 

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