Revés de la SCJN a Yecenia Armenta

Revés de la SCJN a Yecenia Armenta

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La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió por mayoría de tres votos desechar el proyecto propuesto por el ministro José Ramón Cossío, que pretendía confirmar la sentencia de amparo que protege constitucionalmente a Yecenia Armenta Graciano contra la detención arbitraria y los actos de tortura que fue objeto por parte de agentes ministeriales de Culiacán, Sinaloa, en julio de 2012.

Para el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Prodh), con esta decisión la SCJNpierde una oportunidad históricapara pronunciarse sobre la tortura sexual cometida contra Yecenia, con una perspectiva de género que no tiene precedente en los casos resueltos por el máximo tribunal.

Estar en libertad, justificante del fallo

Las razones presentadas por los ministros que votaron por establecer que el recurso de revisión 1369/2015 interpuesto por la Procuraduría General de Justicia de Sinaloa en contra de la mencionada sentencia de amparo, estriban en un cambio en la situación jurídica de Yecenia, en otras palabras, que recuperó su libertad desde el 7 de junio de este año. Sin embargo, el Centro Prodh considera que, a pesar de lo anterior, existía materia para su resolución.

Por otra parte, el pleno del máximo tribunal se hará cargo de cuatro amparos relacionados con el caso News Divine, ya que los ministros de la primera sala no lograron un acuerdo sobre la responsabilidad de cinco mandos medios de la Secretaría de Seguridad Pública.

La segunda sala de la SCJN resolvió, entre otras cosas, que los trabajadores de confianza no están facultados para ejercer derecho a huelga; que son constitucionales y convencionales las jubilaciones y pensiones del contrato colectivo de trabajo de Pemex, y que es respetuosa de la carta magna que concesionarios de radiodifusión de uso social no pueden acceder a patrocinios.

Diputados locales de Yucatán presentaron ayer una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nacional (SCJN) contra las recientes reformas a la Ley del Transporte Público de la entidad, en materia de transporte de pasajeros contratados a través de las plataformas tecnológicas, entre ellos Uber, publicado en el Diario Oficialdel estado.

Los inconformes solicitan la declaración de invalidez en varios artículos de dicha ley que fueron aprobadas en junio, a fin de regular dicho servicio.

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