Se ordena reponer proceso por el asesinato del ex alcalde Saúl Rubio y su chofer, por violar derechos del acusado
Por irregularidades del Juez Cuarto de Primera Instancia en el proceso penal contra uno de los presuntos homicidas del diputado y ex Alcalde de Sinaloa municipio, Saúl Rubio Ayala y su chofer, el juzgador deberá reponer el juicio.
El Tribunal Colegiado en Materia Penal concedió un amparo a Jesús Álvaro Rivera Montoya, Cevalito, para que el Juez con sede en Los Mochis inicie el proceso desde el periodo de instrucción.
El Cevalito fue detenido en mayo de 2007 en Hermosillo, Sonora, acusado del homicidio de Rubio Ayala y el chofer, Omar Alberto Ruelas García, en mayo de 2005.
La Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) lo acusó de haber disparado contra el diputado y el chofer, y de ser uno de los que los remató.
El Tribunal estableció que el Juez de la causa incurrió en violaciones de derechos del acusado durante el juicio que lleva nueve años.
El Juez cuarto deberá admitir pruebas ofrecidas por la defensa del acusado, realizar careos y rectificar pruebas periciales.
Durante el juicio, Rivera Montoya presentó un documento para demostrar que cuando asesinaron al diputado él se encontraba en Estados Unidos.
En su defensa, presentó un documento para acreditar su estancia en aquel país y los peritos determinaron que no se podía valorar debido a que era una copia, por lo que el Juez lo desestimó, pero el Tribunal Colegiado señaló que el Juez debe nombrar un tercer perito en discordia para que lo analice.
El acusado señala que él estuvo detenido en la ciudad de Chendler, Arizona, del 4 al 14 de mayo y el día 16 acudió a realizarse una prueba de orina a la que estaba obligado, después de haber obtenido su libertad, y al diputado lo asesinaron ese mismo día.
El juez además debe realizar careos entre el testigo de cargo y los testigos de referencia y el acusado y el testigo de cargo.
Como testigo de cargo, en el expediente aparece Dagoberto Elenes Apodaca, quien fue el que identificó a los responsables del doble homicidio, pues aseguró haberlos visto cuando dispararon contra el diputado y su chofer, pero el Tribunal estableció que hay contradicciones en su declaración.
Como testigos de referencia están la esposa del diputado, María Gloria Guadalupe Valenzuela García, y su hijo Juan Pablo Rubio Valenzuela.
Los testigos de descargo son José Antonio Gallardo Limón y Víctor Manuel Rivera Montoya, quienes aseguran en sus declaraciones que Jesús Álvaro estaba con ellos en Estados Unidos en la fecha en que ocurrió el crimen.
“Procedía llevar a cabo la realización de los careos procesales entre esas personas, con la finalidad de encontrar la verdad histórica, que indudablemente es en beneficio de las partes; omisión en la que incurrió el juez natural y que pasó inadvertida para la autoridad responsable, en tanto fue omisa en ordenar la reposición del procedimiento a fin de que se desahogaran las diligencias en cuestión”, indica la sentencia.
En los careos, el secretario del juzgado deberá dar lectura a las declaraciones que resulten contradictorias, llamando la atención a los careados sobre sus discrepancias, a fin de que discutan entre sí y pueda aclararse la verdad, ordenó el Tribunal.
Los magistrados señalaron que además, el Juez dio valor a dictámenes periciales que establecieron las causas de los decesos, las lesiones, las armas de fuego utilizadas, los objetos y vestigios encontrados en la escena del crimen, pero no fueron ratificados por los peritos, por lo tanto deben considerarse pruebas imperfectas.
“En forma incorrecta otorgó valor probatorio a los dictámenes periciales realizados por los respectivos peritos oficiales, aun cuando no fueron ratificados por sus suscriptores”, indica el Tribunal.
Con la reposición del proceso, el juez deberá llamar al juzgado a ratificar 29 dictámenes a los peritos que los elaboraron.
El Juez también debe recabar la declaración testimonial de Estenio Valle Zúñiga, la cual fue ofrecida en reiteradas ocasiones por el acusado, pero el juzgador no la desahogó.
“Una vez efectuado todo lo apuntado o establecida su imposibilidad material para hacerlo, el juez de la causa deberá seguir el proceso por sus etapas correspondientes y, con plenitud de jurisdicción emitir la sentencia que corresponda, con la única limitante de no agravar la situación jurídica del enjuiciado, ahora quejoso”.
En el crimen del diputado y su chofer están implicados otros dos individuos, quienes enfrentan proceso penal por el delito de homicidio.
Sergio Cárdenas Lugo, Cocolico, fue detenido el 2 de noviembre de 2005.
Según la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), Cocolico y Cevalín fueron quienes descendieron de los vehículos en que circulaban y remataron a las víctimas.
La fiscalía también detuvo a Omar Alberto Ruelas García, en Los Ángeles, California, en 2012, quien fue extraditado a México en junio de 2013.
Rubio Ayala y Ruelas García fueron asesinados cuando circulaban en una camioneta Ford Expedition por un camino en el poblado Palos Blancos, en la carretera que conduce de Sinaloa municipio a Guasave.
Los pistoleros dispararon en más de 70 ocasiones fusiles AK-47 y AR-15 desde su vehículo y descendieron para rematar a las víctimas.
