El pasado 15 de diciembre, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía dio a conocer los resultados de los censos nacionales de gobierno, seguridad pública y sistema penitenciario, de procuración de justicia estatal y de impartición de justicia estatal, todos ellos con datos del año 2013.
De acuerdo con el boletín del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, entre los principales resultados numéricos se encontró que:
Durante 2013 se iniciaron 1 millón 679 mil 702 averiguaciones previas y/o carpetas de investigación, por un total de 1 millón 254 mil 854 averiguaciones previas o carpetas de investigación determinadas; es decir, el volumen de expedientes concluidos alcanzó un 75 por ciento comparado con el total de indagatorias iniciadas. Esto no significa que se concluyeron las tres cuartas partes de las investigaciones iniciadas, sino que se determinó una cantidad que representa el 75 por ciento de esa cantidad. Además, cuando el censo menciona que se determinaron no significa que se resolvieron, es decir, que se concluyeron definitivamente. Lo que se reporta es que el Ministerio Público tomó alguna de las determinaciones que la ley le permite, entre las cuales se encuentra, por ejemplo, el archivo por falta de pruebas.
Pero tampoco se piense que al resolver las tres cuartas partes de las indagatorias iniciadas, sólo se generó un rezago del 25 por ciento, pues además hay que contabilizar el número de expedientes que ya existían. De acuerdo al censo, en el periodo mencionado se registraron un total de 808 mil 410 averiguaciones previas y/o carpetas de investigación en proceso de integración. Estas, más las que se dejaron de determinar, son el rezago que se encontró al iniciar 2014, que alcanzó 1 millón 233 mil 258 indagatorias.
Por lo que respecta a los tribunales de los estados, en 2013 ingresaron un total de 2 millones 8 mil 289 expedientes de todas las materias. De ellas, la que representó la mayor proporción fueron los asuntos familiares con el 34.2 por ciento del total, seguido de las materias civil (29.3 por ciento) y mercantil (20.1 por ciento), mientras que los procesos penales significaron un 13.9 por ciento, es decir, alrededor de 279 mil asuntos. A diferencia de lo que pudiéramos pensar, el conflicto judicial no se centra en las cuestiones delincuenciales, sino que el núcleo de los conflictos es la familia. La materia penal en los tribunales significa el 22 por ciento de los expedientes determinados por el Ministerio Público local.
Derivado de los procesos penales, en 2013 se registró un total de 197 mil 46 personas ingresadas a los centros penitenciarios estatales, mientras que un total de 185 mil 941 personas egresaron de los mismos. Al 31 de diciembre del mismo año, existía un total de 213 mil 682 personas recluidas. Cuando se habla del sistema de justicia penal, es bueno tener en cuenta que la capacidad de dicho sistema se mide en el número de la población penitenciaria que al ser procesada o sentenciada, ha ingresado a un centro de readaptación.
Por último, en lo que toca a medios alternativos de solución de conflictos, es decir, mediación o conciliación, durante 2013 los centros respectivos a cargo de los poderes judiciales de los estados recibieron un total 137 mil 012 solicitudes para resolver alguna situación de su competencia, de las cuales 129 mil 370 resultaron procedentes (94 por ciento). De estas últimas, la mayor proporción correspondió a casos de naturaleza familiar con el 35 por ciento. En comparación con la resolución vía judicial, los medios alternativos significan casi el 7 por ciento del total de expedientes ante los tribunales locales.
En suma, los sistemas de justicia penal de los estados tienen capacidad para procesar y condenar hasta 213 mil personas. Para lograrlo inician más de un millón y medio de investigaciones y de éstas llegan a los tribunales 279 mil asuntos penales. Para ello trabajaron 214 mil 266 policías estatales, 40 mil 088 elementos pertenecientes al Ministerio Público local y 12 mil 680 personas adscritas a juzgados penales del fuero común.
¿Quiere decir que vamos bien? No debemos olvidar que nuestro actual sistema de justicia penal está diseñado para llevar gente a la cárcel. Si nuestro indicador de éxito es el número de prisioneros, incluidos quienes aún no son sentenciados, y lo comparamos contra el número de investigaciones iniciadas, tenemos una tasa del 12.7 por ciento, suponiendo que toda persona denunciada es culpable.
Es claro que si queremos llevar gente a la cárcel, esperamos que en ella sólo se interne a quienes son culpables. Pero este principio se rompe al encarcelar también a quienes, por estar siendo procesados, no se ha establecido su culpabilidad. Por eso es difícil obtener una conclusión significativa a partir de comparar investigaciones contra prisioneros o sentencias contra denuncias. Porque una persona denunciada no necesariamente terminará siendo la responsable del delito que se le imputa.
Pero tal vez el éxito no sólo se mida en sentencias condenatorias. Tal vez haya que dejar de considerar al sistema penal como una cadena de producción de presos. Tal vez es hora de ampliar las metas y considerar que cualquier medio que resuelva el drama penal es un indicador de éxito.
Por ello, el nuevo sistema de justicia penal, compuesto de procesos adversariales, acusatorios y orales, tiene la mira puesta en otros fines. De acuerdo con el artículo 20 constitucional, el proceso penal tiene por objeto: a) el esclarecimiento de los hechos; b) proteger al inocente; c) procurar que el culpable no quede impune; y d) que los daños causados por el delito se reparen.
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