Cobros abusivos; ganan ciudadanos amparos contra el predial

CAMPAÑA. El ayuntamiento pretende cobrar 300 millones de predial para el 2015.
CAMPAÑA. El ayuntamiento pretende cobrar 300 millones de predial para el 2015.

Unos 10 ciudadanos han logrado ampararse contra cobros abusivos y arbitrarios del Impuesto Predial en Culiacán, cuyos montos se refieren al pago de entre un 50 a un 80 por ciento de excedentes, afirmó Arturo Sánchez Sainz, abogado especialista en derecho constitucional y administrativo, cuyo despacho ha encabezado actos de defensa de contribuyentes ante la administración municipal.
“Todos los ciudadanos y empresas pueden allegarse a un medio de defensa muy eficaz por el cual se puede lograr la nulidad, que se vengan abajo esos cobros, o bien reducirlo a un nivel justo, en proporción a lo que realmente representan sus propiedades en cuanto a valor”, explicó.
En años recientes, agregó, el número de casos asciende a cerca de 10, y este año otros 10 han llegado a manos del abogado. En todos, el resultado ha sido favorable a los ciudadanos, debido a una “laguna” legal plasmada de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Sinaloa, en su artículo 35.
Las demandas son conocidas como juicios administrativos de nulidad y se interponen ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Su equivalente en otros ámbitos del derecho es el amparo.
Explicó que la Ley de Hacienda Municipal regula este gravamen y establece los parámetros federales, y la base del gravamen es el valor de los predios, el cual se fundamenta en las tablas catastrales que se aprueban año con año y que generalmente son aumentadas.
“Hay un vicio jurídico en el sentido de que si se establecen las tablas de valores, ahí mismo establecen rangos de valor. Hay diversos tipos de construcción, diferentes al rango de valor que se le asigna a cada uno, pero resulta que esta asignación de valor no viene en la ley cómo se debe calcular para asignarle el rango a un bien determinado. De tal forma que se deja de manera discrecional a la autoridad administrativa, que es el catastro, y es quien decide el valor de los inmuebles. Esto es anticonstitucional y viola los derechos de las personas”, sostuvo.
La definición de los montos, añadió, debe estar regulado por la ley, lo que no ocurre en el caso de Sinaloa.
ARTURO SÁNCHEZ. “La misiva es un simple recordatorio”.
ARTURO SÁNCHEZ. “La misiva es un simple recordatorio”.

“En Sinaloa, al no ser así, se está cometiendo un acto arbitrario, puede tornarse en un abuso de parte de la autoridad”, manifestó.
Sánchez Sainz afirmó que aunque hay un incremento en las demandas de la ciudadanía por inconformidades ante el cobro de impuestos como el Predial Urbano, en general la sociedad no está familiarizada con actos de defensa y no hay en la entidad una cultura de la defensa legal, porque se teme enfrentar al gobierno en sus diferentes niveles.
“La gente debe saber que se puede defender sin ningún temor, porque finalmente está ejerciendo sus derechos y en esta medida el gobierno debe mejorar y corregir los errores, y dejar de cometerlos, sobre todo los abusos”.
—¿Son muchos los casos?
—No puedo decirte con certeza, pero puedo deducir que por esa laguna debe haber muchos casos de este tipo y a lo mejor la gente ni cuenta se da, piensa que el cobro es correcto. No todo el mundo tiene cuidado de revisar los recibos, ni siquiera de los servicios, ahora menos de los impuestos. Damos por sentado que está bien porque creemos en la autoridad, hay cierto grado de credibilidad… invitamos a revisar a la gente, si estos cobros corresponden a lo que vale su propiedad.
Si pagan el celular…
Para Édgar Kelly García, tesorero municipal de Culiacán, mientras los ciudadanos tengan para pagar el teléfono celular, tendrán también para saldar sus deudas por concepto de predial.
“Tenemos una solución para todos (los deudores). No es justificación decir ‘no tengo para el predial’, si tienen para el celular, no hay justificación”, manifestó, entrevistado por reporteros en esta ciudad capital, el 30 de octubre.
Negó que las cartas enviadas a miles de ciudadanos en todo el municipio sea un acto intimidatorio, de hostigamiento. Calificó esta misiva como un simple “recordatorio”, un acto de cobranza.
“No es una notificación, es una carta de cobranza. Al final de la carta viene claro que si ya hiciste el pago haz caso omiso de la presente. Con eso está todo dicho. Cuando el SAT federal empezó a recuperar sus contribuciones, se dio una campaña de este tipo y ahora es quien más capta”, sostuvo.
Los que traen la intención de pagar, agregó, ya se acercaron, y ahora la campaña va contra aquellos que siguen teniendo deudas por concepto del Impuesto Predial Urbano y no se han acercado.
“Quien no ha pagado ya está avisado de lo que sigue. Se están haciendo notificaciones legales a deudores de todos los tamaños”.
CARTA INTIMIDATORIA. Ayuntamiento amenaza con embargar y rematar bienes si no paga el predial.
CARTA INTIMIDATORIA. Ayuntamiento amenaza con embargar y rematar bienes si no paga el predial.

—Pero espanta a las personas, más a las que no tienen conocimiento de la ley.
—Pues a mí me llegó y no me espantó… lo importante es que se acerquen porque estamos dando facilidades de convenios para que la gente pague mensualidades, entonces tenemos una solución para todos.
Informó que son más de 400 grandes deudores. El monto de la deuda asciende a cerca de 300 millones de pesos y el propósito de la administración de Sergio Torres es recuperar unos 100 millones de pesos este año y otros 150 ó 200 el año siguiente.
El siguiente paso será aplicar una campaña similar para recuperar los cerca de 200 millones de pesos que se adeudan por multas de tránsito.
¿Qué dice la carta?
El tesorero Municipal del H. Ayuntamiento de Culiacán, Sinaloa (…) se dirige a usted como sujeto obligado del impuesto predial, en vía de notificación para requerirlo a afecto de que cumpla voluntariamente con el pago total del impuesto predial que actualmente adeude, en caso de no realizar dicho pago, en un plazo de 7 días hábiles, a partir de recibida la presente, se procederá a la ejecución forzosa del adeudo, EMBARGANDO Y REMATANDO BIENES DE SU PROPIEDAD, suficientes para cubrir el importe omitido (…)
Si usted ya se encuentra al corriente en el pago de impuesto predial urbano, haga caso omiso al presente comunicado. EVITE LA SUSPENSIÓN DE SERVICIOS, pague el impuesto predial.
¿Qué dice el artículo 35 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado?
ARTÍCULO 35. Los derechos por concepto de legalización de firmas, certificaciones y expedición de copias de documentos por los funcionarios competentes del Estado se causarán conforme a la siguiente:
tabla predial

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