Tras 7 años, dictan formal prisión a esposa de Ye Gon

Tomoiyi Marx Yula, esposa del ciudadano de origen chino Zhenli Ye Gon.
Tomoiyi Marx Yula, esposa del ciudadano de origen chino Zhenli Ye Gon.

El Primer Tribunal Unitario del Segundo Circuito confirmó los autos de formal prisión a Tomoiyi Marx Yula, esposa del ciudadano de origen chino Zhenli Ye Gon, recurso que estaba a revisión desde el 21 de junio de 2007, informó el Consejo de la Judicatura Federal (CJF).
Se decretó auto de formal prisión en contra de la procesada al acreditarse los delitos de posesión de armas de fuego, así como cartuchos, exclusivo de las Fueras Armadas y Fuerza Aérea, y por delincuencia organizada para cometer el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
El CJF precisó que los ilícitos de posesión de armas de fuego y cartuchos de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, como operaciones con recursos de procedencia ilícita, fueron plenamente acreditados.
Ello debido a que “las armas, cartuchos y numerario, motivo de tales ilícitos, fueron localizados durante la diligencia de cateo que se verificó en el domicilio de la quejosa y donde vivía con Zhenli Ye Gon”, en “un cuarto oculto dentro de la recámara principal” de dicha casa.
Por ello se estableció que “al habitar en dicho inmueble, la imputada tenía libre disposición de la casa, que probablemente custodiaba el numerario en el cuarto oculto de la recámara principal y poseía las armas y cartuchos”, y “aceptó que” en el domicilio estaban las armas y los cartuchos, “aduciendo que eran de su esposo”, subrayó el CJF.
Indicó que las pruebas de autos “permiten evidenciar que no desconocía la existencia del numerario que estaba en el cuarto oculto dentro de su recámara, pues acepta que sabía de la existencia de éste desde que se construyó la casa”, y “existen pruebas de las que se advierten que la mayor parte del día permanecía en ese lugar”.
En cuanto al ilícito de delincuencia organizada, “se estimó acreditado, pues se demostró la existencia de una célula de una organización criminal liderada por Zhenli Ye Gon, conformada por más de tres personas, la cual operaba primordialmente en el Distrito Federal y el Estado de México”.
Estos “se agruparon bajo un orden jerarquizado”, y “cada uno de sus miembros desempeñaba una tarea específica para realizar en forma permanente conductas que por sí o unidas a otras tuvieran como fin o resultado cometer el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita”.
Todo ello “lo lograban a través de la constitución y aumento de capital de diversas empresas, para darle apariencia de legalidad a sus actividades”, insistió el órgano de control y administración del Poder Judicial Federal.
Señaló que la primera empresa constituida contó con un capital social mínimo, que aumentó en un lapso muy corto y por cantidades millonarias, el cual era sin derecho a retiro y los socios pagaban en efectivo”, y “servía para la compra de bienes inmuebles para la construcción al parecer de un laboratorio donde se producirían psicotrópicos”.
“También se crearon otras empresas con capitales iniciales fijos, sin derecho a retiro por cantidades millonarias, todas pagadas en efectivo, con lo que se demostró que el aumento del capital social de la primera empresa y la constitución de las restantes registraron un valor superior a los ingresos que se reportaron ante la autoridad recaudadora”, agregó.
Por otro lado, la resolución que emitió la autoridad jurisdiccional, reitera también los autos de libertad por delitos contra la salud en la modalidad de introducción al país de los psicotrópicos denominados acetato n-acetilpseudoefedrina y acetato de efedrina, derivados de la pseudoefedrina.
También por los ilícitos contra la salud, en la modalidad de producción, posesión y transporte del psicotrópico denominado acetato de n-acetilpseudoefedrina, derivado de la pseudoefedrina.
De igual manera, se reiteran los autos de libertad por delitos contra la salud, en la modalidad de posesión de los psicotrópicos denominados efedrina, pseudoefedrina y clorhidrato de pseudoefedrina, con fines de tráfico.
Las consecuencias de la resolución emitida resultan de suma importancia, porque por los delitos enunciados se seguirá el proceso penal y se dictará la sentencia respectiva, aseveró el CJF.
Tomado de Eje Central

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