Nueve años de juicio y cero avances

 
 
 
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Se ordena reponer proceso por el asesinato del ex alcalde Saúl Rubio y su chofer, por violar derechos del acusado
 
 
 
Por irregularidades del Juez Cuarto de Primera Instancia en el proceso penal contra uno de los presuntos homicidas del diputado y ex Alcalde de Sinaloa municipio, Saúl Rubio Ayala y su chofer, el juzgador deberá reponer el juicio.
El Tribunal Colegiado en Materia Penal concedió un amparo a Jesús Álvaro Rivera Montoya, Cevalito, para que el Juez con sede en Los Mochis inicie el proceso desde el periodo de instrucción.
El Cevalito fue detenido en mayo de 2007 en Hermosillo, Sonora, acusado del homicidio de Rubio Ayala y el chofer, Omar Alberto Ruelas García, en mayo de 2005.
La Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) lo acusó de haber disparado contra el diputado y el chofer, y de ser uno de los que los remató.
El Tribunal estableció que el Juez de la causa incurrió en violaciones de derechos del acusado durante el juicio que lleva nueve años.
El Juez cuarto deberá admitir pruebas ofrecidas por la defensa del acusado, realizar careos y rectificar pruebas periciales.
Durante el juicio, Rivera Montoya presentó un documento para demostrar que cuando asesinaron al diputado él se encontraba en Estados Unidos.
En su defensa, presentó un documento para acreditar su estancia en aquel país y los peritos determinaron que no se podía valorar debido a que era una copia, por lo que el Juez lo desestimó, pero el Tribunal Colegiado señaló que el Juez debe nombrar un tercer perito en discordia para que lo analice.
El acusado señala que él estuvo detenido en la ciudad de Chendler, Arizona, del 4 al 14 de mayo y el día 16 acudió a realizarse una prueba de orina a la que estaba obligado, después de haber obtenido su libertad, y al diputado lo asesinaron ese mismo día.
El juez además debe realizar careos entre el testigo de cargo y los testigos de referencia y el acusado y el testigo de cargo.
Como testigo de cargo, en el expediente aparece Dagoberto Elenes Apodaca, quien fue el que identificó a los responsables del doble homicidio, pues aseguró haberlos visto cuando dispararon contra el diputado y su chofer, pero el Tribunal estableció que hay contradicciones en su declaración.
Como testigos de referencia están la esposa del diputado, María Gloria Guadalupe Valenzuela García, y su hijo Juan Pablo Rubio Valenzuela.
Los testigos de descargo son José Antonio Gallardo Limón y Víctor Manuel Rivera Montoya, quienes aseguran en sus declaraciones que Jesús Álvaro estaba con ellos en Estados Unidos en la fecha en que ocurrió el crimen.
“Procedía  llevar  a  cabo  la  realización  de  los  careos procesales entre esas personas, con la finalidad de encontrar la verdad  histórica,  que indudablemente  es  en  beneficio  de  las partes;  omisión  en  la  que  incurrió  el  juez  natural  y  que  pasó inadvertida  para  la  autoridad  responsable,  en  tanto  fue  omisa en  ordenar  la  reposición  del  procedimiento  a  fin  de  que  se desahogaran las diligencias en cuestión”, indica la sentencia.
En los careos, el secretario del juzgado deberá dar lectura a las declaraciones que resulten contradictorias, llamando la atención a los careados sobre sus discrepancias, a fin de que discutan entre sí y pueda aclararse la verdad, ordenó el Tribunal.
Los magistrados señalaron que además, el Juez dio valor a dictámenes periciales que establecieron las causas de los decesos, las lesiones, las armas de fuego utilizadas, los objetos y vestigios encontrados en la escena del crimen, pero no fueron ratificados por los peritos, por lo tanto deben considerarse pruebas imperfectas.
“En  forma  incorrecta  otorgó  valor  probatorio  a  los dictámenes  periciales  realizados  por  los  respectivos  peritos oficiales,  aun  cuando  no  fueron  ratificados  por  sus  suscriptores”, indica el Tribunal.
Con la reposición del proceso, el juez deberá llamar al juzgado a ratificar 29 dictámenes a los peritos que los elaboraron.
El Juez también debe recabar la declaración testimonial de Estenio Valle Zúñiga, la cual fue ofrecida en reiteradas ocasiones por el acusado, pero el juzgador no la desahogó.
“Una  vez  efectuado  todo  lo  apuntado  o  establecida  su imposibilidad  material  para  hacerlo,  el  juez  de  la  causa  deberá seguir  el  proceso  por  sus  etapas correspondientes  y,  con plenitud  de  jurisdicción  emitir  la  sentencia  que  corresponda, con  la  única  limitante  de  no  agravar  la  situación  jurídica  del enjuiciado, ahora quejoso”.
En el crimen del diputado y su chofer están implicados otros dos individuos, quienes enfrentan proceso penal por el delito de homicidio.
Sergio Cárdenas Lugo, Cocolico, fue detenido el 2 de noviembre de 2005.
Según la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), Cocolico y Cevalín fueron quienes descendieron de los vehículos en que circulaban y remataron a las víctimas.
 
 
La fiscalía también detuvo a Omar Alberto Ruelas García, en Los Ángeles, California, en 2012, quien fue extraditado a México en junio de 2013.
Rubio Ayala y Ruelas García fueron asesinados cuando circulaban en una camioneta Ford Expedition por un camino en el poblado Palos Blancos, en la carretera que conduce de Sinaloa municipio a Guasave.
Los pistoleros dispararon en más de 70 ocasiones fusiles AK-47 y AR-15 desde su vehículo y descendieron para rematar a las víctimas.

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