El pluralismo ha invadido venturosamente al Congreso y a los Cabildos de los Ayuntamientos. Pero de vez en cuando se escuchan voces que claman por volver a un sistema de diputados uninominales suprimiendo los plurinominales. Los nutrientes de esa propuesta son múltiples y variados: desde la idea de que a los plurinominales nadie los elige, hasta la fascinación por el modelo norteamericano, pues se piensa que con ello se puede simplificar la dinámica del Congreso. Se olvida, sin embargo, que con ello se puede no sólo reducir la expresión de la pluralidad en el Congreso, sino que además el problema sustantivo (la formación de mayorías) no se resolvería.
Otras voces hablan del excesivo costo que tienen los diputados y los regidores, y buscan la reducción de estos espacios en los Congresos y en los Cabildos de los Ayuntamientos.
En Sinaloa ya no se guardan ni las formas. Antes los gobernantes hablaban de la división de poderes. Ahora no, ahora se busca disminuir a otro poder, en particular al poder legislativo.
El Poder Ejecutivo busca la disminución del Poder Legislativo, cuando debiera empezar por analizar y ver la estructura obesa de la que dispone el poder del Estado de Sinaloa.
Es a toda luces incongruente que el gobernador del Estado, Quirino Ordaz Coppel, busque disminuir el número de regidores en los municipios y de diputados en el Estado, cuando lo que hace es crear nuevas secretarías para acomodar a los representantes de grupos de poder que lo apoyaron. El excesivo gasto en nómina que dejó el gobierno anterior, el de Malova, parece no ser preocupación de Quirino Ordaz Coppel.
La mejor Ley Electoral que ha tenido Sinaloa fue creada en el gobierno de Francisco Labastida Ochoa, me refiero a la del 7 de mayo 1992. En ella se logró la proporcionalidad en el número de diputados. Un partido político obtenía un porcentaje de votos, obtenía el mismo porcentaje de diputados. Su artículo 12 dice:
Artículo 12.- Cada partido tendrá derecho a un número total de diputados proporcional a su votación.
Lamentablemente esto no duró mucho, pues tres años después, el propio PRI en el gobierno de Renato Vega, con el apoyo del Partido Acción Nacional (PAN y del Partido de la Revolución Democrática (PRD, echaron abajo el artículo 12.
Fue con esa Ley Electoral cuando las minorías tuvieron acceso a los Cabildos, esa fue otra de las virtudes de esa Ley. Se crearon espacios y mecanismos donde la proporcionalidad regía. Su artículo 7 dice:
Artículo 7.- Los Ayuntamientos de los Municipios del Estado se integrarán con el siguiente número de Regidores:
I.- AHOME, GUASAVE, SALVADOR ALVARADO, CULIACÁN Y MAZATLÁN, con un Presidente Municipal, once Regidores de Mayoría Relativa y siete Regidores de Representación Proporcional.
II.- EL FUERTE, SINALOA, MOCORITO, NAVOLATO, ROSARIO Y ESCUINAPA, con un Presidente Municipal, ocho Regidores de Mayoría Relativa y cinco Regidores de Representación Proporcional.
III.- CHOIX, ANGOSTURA, BADIRAGUATO, COSALÁ, ELOTA, SAN IGNACIO Y CONCORDIA, con un Presidente Municipal, seis Regidores de Mayoría Relativa y cuatro Regidores de Representación Proporcional.
Y además, se logró financiamiento local para que los Partidos Políticos pudieran tener oficinas en los municipios del Estado. Su artículo 46 dice:
Artículo 46.- Los Ayuntamientos otorgarán a los Partidos Políticos de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7 de esta Ley, financiamiento mensual en base a cien salarios mínimos generales por cada regiduría que les corresponda. Para este efecto, será presupuestado por los respectivos Cabildos.
De salir adelante la Iniciativa de Ley de Quirino Ordaz, ya no tendremos ningún avance de los tres que se lograron en 1992.
Si el problema es que se gasta mucho en los regidores y en los Diputados, la solución no es su disminución en número, sino la disminución de su dieta, su salario. Que, por cierto, ha sido el PRI, el Partido Político de Quirino, quien las ha subido en los municipios, y en el Congreso del Estado de Sinaloa. Siempre han tenido mayoría.
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