¿Por qué estás libre si ya te denuncié?

Para muchas personas que han sufrido la agresión de un delito y logran vencer la desconfianza en la autoridad, el hecho de denunciarlo se apoya en la esperanza de ver detenido al delincuente.
Esta es una cuestión fundamentalmente emotiva. Tiene que ver con nuestro deseo de vengar la afrenta que significa el crimen. También es una pauta cultural que se ve reflejada en la actitud de muchos de nosotros y por consecuencia, en la forma de actuar de un buen número de policías, periodistas, comerciantes, jueces, profesionistas y agentes del Ministerio Público.
El “criminal”, apenas sea detenido, merece ya ser castigado. Hay que presentarlo ante los medios, exhibirlo y, por supuesto, encerrarlo mientras ocurre  el proceso en el cual el juez debe confirmar lo que todos sabíamos desde el inicio: es culpable.
Estamos tan apegados a esta idea que hasta creamos un mecanismo legal para justificar el privar de la libertad a una persona en tanto se dicta sentencia sobre su caso. La llamamos prisión preventiva.
De acuerdo con el Informe sobre el uso de la prisión preventiva en Las Américas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), más del 40 por ciento de las personas internas en los centros penitenciarios del continente aún está en espera de que se le dicte sentencia.
El informe, presentado en el Senado el pasado 10 de marzo, establece que en México existen poco más de cien mil presos sin condena, lo que genera un nivel de hacinamiento del 26 por ciento. Entre las razones que explican el fenómeno, se citan la persecución compulsiva de delitos menores, en particular los patrimoniales, así como la tardanza judicial para llevar y concluir los juicios.
Antes esta situación, la CIDH considera que el uso excesivo de la prisión preventiva es contrario al principio de presunción de inocencia. Este principio significa que una persona sujeta a un proceso de investigación o enjuiciamiento penal, se considera inocente hasta que un juez, mediante sentencia, no lo declare culpable. En consecuencia, si la persona es presuntamente inocente, lo común es que enfrente su juicio en libertad.
Sólo de manera excepcional se permite la prisión preventiva para quien enfrenta un proceso criminal. La naturaleza excepcional de la aplicación de la prisión preventiva es un elemento que debe estar presente en una política criminal que respete la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Con la llegada del sistema acusatorio en nuestro país, se reitera el carácter excepcional de la prisión preventiva. Es decir, en el nuevo sistema de justicia penal, se pretende que la mayoría de las personas que enfrentan un juicio penal lo hagan en libertad y no encarcelados.
De acuerdo con la Constitución mexicana, la prisión preventiva no es una pena en sí misma, o sea, no se impone como castigo anticipado a una persona. Sólo es una medida cautelar, lo que significa que es un mecanismo al cual se recurre para garantizar que el imputado cumplirá con sus obligaciones procesales.
Por eso, el Ministerio Público sólo puede solicitar la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad.
Sin embargo, el juez debe ordenar de manera oficiosa la prisión preventiva,  entre otros, en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, delitos contra la salud y los previstos en el Código Nacional de Procedimientos Penales.
Como podemos apreciar, se sostiene la naturaleza excepcional de la prisión preventiva y la regla general es que un imputado debe permanecer en libertad en tanto es investigado y enjuiciado.
¿Qué dirán los políticos cuando veamos en libertad a los imputados, que jurídicamente son inocentes? ¿Recurrirán a la demagogia penal? ¿Ampliarán el catálogo de delitos de prisión preventiva oficiosa?
¿Qué dirán los medios cuando quien provocó un accidente de tránsito con resultados fatales quede en libertad para enfrentar su juicio? ¿Qué dirá la policía cuando no pueda presentar ante los medios a los detenidos?
Pero sobre todo, ¿qué dirás tú, paisano?

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