El PRI y los Pluris

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El Partido Revolucionario Institucional (PRI) entra al debate con el tema de la reducción de los diputados plurinominales. De 200 que tenemos actualmente, propone la eliminación de 100. La proporción actual de la integración de la Cámara de Diputados de 60 por ciento uninominales y 40 por ciento plurinominales, pasará a 75 por ciento uninominales y a 25 por ciento plurinominales. Un debate que creí ya superado, vuelve a renacer.
Los sistemas electorales se pueden dividir en sistemas electorales clásicos y sistemas electorales combinados. Los clásicos son los que se identifican con todo el debate sobre representación por mayoría y representación proporcional, es decir: el sistema inglés de mayoría relativa, el sistema francés de mayoría absoluta, y el de la representación proporcional pura.
Vale añadir como clásico al sistema proporcional en distritos plurinominales de tamaño variable, que representa generalmente al sistema proporcional. Los sistemas combinados son los que combinan elementos técnicos que tradicionalmente se asocian con los dos principios de representación opuestos, o sea, el de la mayoría o pluralidad y el de la proporcionalidad. Nuestro sistema electoral es combinado, una copia del sistema electoral alemán.
Los sistemas combinados tienen una gran ventaja frente a los clásicos: el de cumplir en gran medida con los distintos requisitos que hoy en día se les exigen a los sistemas electorales. Los sistemas clásicos atienden sólo a algunos de éstos —quizás— en forma óptima; los combinados, sin embargo, atienden a todos, aunque en forma poco óptima.
En este contexto se pueden diferenciar cinco requisitos, tres fundamentales y dos adicionales, que debe de reunir un sistema electoral, según Dieter Nohler, especialista en este tema:
1.- La representación. Aquí se trata de reflejar adecuadamente los intereses sociales y las opiniones políticas en los órganos de representación. Este criterio se entiende en doble sentido: por un lado representación para todos, a manera de estar representados los distintos grupos de personas, fundamentalmente las minorías y las mujeres; por el otro, representación justa, es decir una representación más o menos proporcional de las fuerzas sociales y políticas.
2.- Concentración/efectividad. Consiste en la agregación de intereses sociales y de opiniones políticas de tal manera que de ellas resulten decisiones políticas y que la comunidad adquiera capacidad de acción política. Las elecciones se comprenden como un acto de formación de la voluntad política, más no como una forma de copiar o medir las opiniones dominantes en la población.
3.- Participación. Aquí no se trata de la participación en el sentido común del término, pues las elecciones son en sí un acto de participación política, sino de la mayor o menor posibilidad por parte del elector de expresar la voluntad política en el marco de la alternativa voto personalizado versus voto de partido o de lista.
4.- Transparencia. Un instrumento esencial aquí es la sencillez: el sistema electoral no debería ser demasiado complejo. Este requisito contradice de alguna manera la premisa que exige que los tres requisitos anteriores sean cumplidos a la vez, pues aquellos sistemas electorales que cumplen simultáneamente de forma efectiva las funciones de representación, concentración y participación son de hecho sistemas electorales más sofisticados. El sistema electoral más sencillo es sin duda el sistema de mayoría relativa en distritos uninominales. Éste cumple sin embargo sólo con los requisitos de concentración y participación, desatendiendo totalmente la función de la representación en términos, de la relación entre votos y escaños.
5.- Legitimidad. Aspecto en el que confluyen las otras funciones. La legitimidad tiene por su parte un significado propio que se pone de manifiesto cuando —desde una perspectiva genética— se considera al sistema electoral como producto del consenso entre los partidos más relevantes.
La reforma que propone el PRI, que consiste en la eliminación de 100 diputados plurinominales, hará que el primer punto, el de la representación se vea afectado, y que grupos minoritarios de la sociedad no puedan expresarse en el Congreso. Aumentará el peso de los diputados uninominales, teniendo el Congreso una proporción del 75% los uninominales contra el 25% de los plurinominales.
Al respecto, dice José Woldenberg, en un artículo publicado en la prensa nacional: “Quizá sea necesario repetir por qué resultan necesarios y cuál es la función de los plurinominales. En el caso de la Cámara de Diputados están diseñados para atemperar la distorsión en la representación que arroja de manera natural la fórmula uninominal. Si en el año 2012 solamente hubiesen existido 300 distritos, el PRI con el 31.93 por ciento de los votos hubiese alcanzado el 54.66 por ciento de los escaños (164 de 300), una desproporción de más de 22 puntos porcentuales. Y no resulta difícil explicar por qué”.
Regresaremos a la época de José López Portillo, si el PRI se sale con la suya.
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