UAS: la reelección que acecha

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Con una reforma estatutaria a modo, el rector podría estar en el cargo cuatro años más

 

A menos de un año de que concluya su periodo, Juan Eulogio Guerra Liera podría estrenar las reformas a la Ley Orgánica y al Estatuto General, y ser reelegido en enero próximo, vía fast track por el Consejo Universitario.

 

Contrario a los procesos que llevan a cabo universidades rankeadas entre las mejores del país, como la UNAM, Universidad Autónoma de Guerrero, Coahuila, Colima, San Luis Potosí, Chapingo, donde para avalar una reelección se retoman propuestas, realizan consultas y se integran ternas, en la UAS sólo bastará que el rector solicite permanecer en el cargo cuatro años más y presente sus motivos, para que el Consejo Universitario lo valide.

 

En el proceso que está por estrenarse en la casa rosalina, se elimina también cualquier competencia para el rector en turno, debido a que en el proceso de reelección no pueden participar otros aspirantes, quienes sólo tendrán oportunidad, si Guerra Liera no desea prolongarse en su encargo o el Consejo Universitario rechaza su petición.

 

Hasta el momento, el rector de la Universidad Autónoma de Sinaloa no ha aceptado ni negado su interés por repetir un periodo más, aun cuando durante su mandato —en septiembre de 2013—, se modificó la Ley Orgánica para permitir la reelección, y el pasado 30 de septiembre se reformó el Estatuto General para reglamentar “las ambigüedades” de la norma, dejando listo el camino para prolongar cuatro años más el actual rectorado.

 

Las modificaciones

 

En 2013, bajo el argumento de dar continuidad a programas y acciones exitosos de un rectorado, se estableció la figura de la reelección en los artículos 30, fracción IV y 32 de la Ley Orgánica de la UAS, los cuales entraron en vigor en agosto de 2013, luego de la aprobación del Congreso del Estado.

 

El artículo 30, fracción IV dotó de atribuciones al Consejo Universitario para “nombrar al Rector de la Universidad de la terna presentada por la Comisión Permanente de Postulación y resolver en los casos de reelección, renuncia o remoción”.

 

El artículo 32 estableció que el rector durará en su cargo cuatro años y podrá ser reelecto una vez, debiendo tomar posesión a más tardar el 8 de junio del año que corresponda.

 

“En caso de reelección, el Consejo Universitario en sesión convocada previamente para tal efecto, en el año que corresponda, podrá determinar que al término de la gestión de cuatro años, el Rector en funciones ocupe el cargo por otro periodo adicional de igual duración, improrrogable; con base en la valoración de (…) la importancia y trascendencia de los logros obtenidos durante su cargo; y la necesidad de dar seguimiento, para su concreción y consolidación de los programas y proyectos en curso”.

 

Para ser reelecto, el rector no está obligado a dejar el cargo cuatro meses antes de la elección, ni formar parte de una terna.

 

Silvano Lizárraga González, presidente de la Comisión de Estudios Jurídicos, dijo que esa reforma dejó ambiguo el proceso que debía llevarse a cabo, por lo que luego de una revisión a la legislación de diversas universidades, crearon el proyecto de modificación del Estatuto General, que adicionó los artículos 42 bis a, 42 bis b y 42 bis c.

 

Al inicio del documento, del que Ríodoce tiene una copia, se estipula que dichas modificaciones se hicieron a “solicitud del rector Juan Eulogio Guerra Liera”.

 

“Nosotros como Comisión trabajamos de manera conjunta, se consultaron varias legislaturas del país, hay como un 60 por ciento más de universidades del país que tienen la reelección, y de acuerdo a los organismos de gobierno que ellos tienen, pues es como eligen; nosotros apegándonos propiamente a la Ley Orgánica, pues ahí nos decía que solamente el Consejo Universitario podría decidir, y por eso se tomó ese procedimiento”.

 

De acuerdo a las adiciones se estableció que el rector que aspire a ser reelecto deberá presentar su solicitud los primeros 15 días naturales del año que concluya su gestión, es decir en enero de 2017, acompañada de una justificación o exposición de motivos.

 

A partir de ese momento, el Consejo tendrá al menos tres días naturales para convocar a una sesión extraordinaria para conocer la idoneidad de la reelección, que para ser aprobada deberá obtener al menos la mitad más uno de los miembros presentes, y en los dos días hábiles posteriores dicha resolución se formalizará por escrito, debiendo concluirse todo el proceso a más tardar el último día hábil de ese mes.

 

“El Rector, sólo podrá estar presente en el Consejo para realizar su exposición para (y así) evitar el papel de juez y parte y, por tanto, el Secretario será quien presida y conduzca la sesión”.

 

Lizárraga González admitió que la nueva legislación de la UAS es única, porque no se establece que el rector tenga que participar en una terna.

 

“Bueno, lo estuvimos viendo, y en el caso de la UNAM ellos sí lo establecen, pero en el caso de nosotros no, o sea, la Ley Orgánica es muy clara, que no hay necesidad de participar con otras personas, lo que no tienen las otras universidades del país”.

 

—¿Las otras universidades no tienen el mismo procedimiento?

—No tienen ese procedimiento que nosotros tenemos, por ejemplo en el caso de la UNAM hay una Junta de Gobierno, el rector se suma a esa terna, pero porque su ley lo dice, en el caso de nosotros no, en el caso de nosotros es muy claro el artículo 32.

 

—¿Entonces la UAS es la única universidad que tiene una legislación así?

—Pues en el sentido de que sea el Consejo Universitario (el que decida) y de manera expresa una Ley Orgánica, sí.

 

El director de la Facultad de Derecho de Mazatlán y consejero universitario mencionó que la Comisión de Postulación tendrá injerencia en la medida que no haya reelección, realizando el procedimiento ya conocido para evaluar a quienes aspiren al cargo.

 

A diferencia del rector en funciones, los funcionarios que quieran ocupar su cargo, sí deberán renunciar a sus puestos, cuatro meses antes del proceso.

 

—Hay quienes mencionan que esto es antidemocrático, el hecho de que no se permita la participación de otras personas en la reelección…

—Pues no sé qué voces sean, pero sí demuestran una completa ignorancia de las leyes, es que aquí no es si queremos o no, es que esto está en una ley.

 

“Luego hay que ver la exposición de motivos, cuál era la idea, por qué se modifica la Ley Orgánica en el 2006, precisamente porque lo que se quiere es que la universidad no entre en esas inercias políticas, por eso se valora, si se quiere reelegir y qué ha hecho, eso está dentro de la Ley Orgánica”.

 

El funcionario negó que con la modificación a la normatividad interna de la casa rosalina, se prepare el camino para la reelección de Guerra Liera: “No es que se le prepare, es para cualquier rector, o sea la universidad se tardó en hacerlo, porque a partir del 18 de agosto de 2013 ya se debía haber modificado”.

 

El único voto en contra

 

Juan Antonio Lara Medina, consejero estudiantil, fue el único que votó en contra de la reforma al Estatuto General.

“Me opuse, porque lo que se permite con esta modificación es que si el rector en enero presenta su intención de ser rector una vez más, o sea de reelegirse, con que vote la mitad más uno de los presentes a favor, con eso ya en automático queda como rector”, cuestionó.

 

“…El rector tiene su derecho de reelección, porque así está la ley, pero yo critico esto que se acaba de aprobar, porque no puede estar por encima del derecho de otros universitarios a aspirar a ser rector, porque todos los académicos que tenían aspiraciones, automáticamente terminan sus aspiraciones, y el rector no puede enfrentarse a otras personas que pudieran tener mejor perfil”.

 

Agregó que las modificaciones, son un atentado a la democracia.

“Claro que con aplastante mayoría se aprobó, porque los que se atrevieron a levantar la mano, lo hicieron a favor; puedo afirmar que también hubo manos, pocas, pero hubo, que nunca se movieron, ni para decir a favor ni en contra ni abstenciones, porque hay conciencia de que en el fondo sabían lo que estaban haciendo, que este proyecto es un atentado a la democracia”.

 

Las reformas no deben beneficiar a quien está en funciones: Ahumada

 

Para el ex rector de la UAS, Audómar Ahumada Quintero, no es válido que se hagan reformas para beneficiar a quien está en funciones.

 

“Yo creo que debiera de pensarse más, debiera de consultarse más, porque es un tema nuevo, más de 100 años la Universidad no ha tenido un procedimiento de ese tipo, yo creo que vale la pena que camine más, se estudie más”, dijo.

 

“Para que se entienda mejor, se valore de manera amplia por todos, y se tome la mejor decisión, porque en ninguna parte se hace eso (designación directa), eso debe ser tomado en cuenta, tampoco se pueden hacer reformas cuando se está en funciones para beneficiar al que se está en funciones”.

 

Añadió que el sentido de las reformas es que apliquen en el siguiente ejercicio.

“Por ejemplo los diputados que acaban de salir, reformaron la norma para que pueda haber reelección de presidentes municipales y diputados, pero no pudieron ellos entrar a ese ejercicio… y tendrán que ir a consultar a la ciudadanía”, explicó.

 

Rubén Rocha Moya, también ex rector de la Casa Rosalina, opinó que la reelección es una figura válida que está presente en la mayoría de las universidades.

“Entonces yo creo que el tratamiento que le de la Universidad, a través de un reglamento, pues se hace en razón de su propia autonomía, pero no conozco el reglamento”.

 

Evade Guerra Liera el tema

 

El Rector Juan Eulogio Guerra Liera respondió con evasivas el tema de su posible reelección.

 

“Yo pienso ahorita cerrar el año, buscar los recursos para pagar el aguinaldo, rendir buenas cuentas, y estos no son tiempos ni momentos, en su momento pues ya habrá una definición en un sentido y en otro, y que  yo con mucho gusto lo haré ante los medios”.

 

—¿Se menciona que (estas reformas son) para prepararle el camino el próximo año?

—Bueno, depende de la intención y el enfoque que cada quien quiera dar, yo siempre he dicho que cuando uno pasa por situaciones, y en el caso de la universidad, inició la reforma a la Ley Orgánica con el maestro Rubén Rocha Moya, luego los diputados de la anterior legislación, en 2013, aprobaron la reforma.

 

“La figura de la reelección ya existe en la Universidad, en 2013 se uniformó el estatuto 30 días antes, fue una indicación de los diputados, quedó nada más reglamentar para que este rector o al que le toque, si aspira a seguir al frente de la institución, tenga muy claro cuál es el camino”.

 

—Se menciona que será un proceso antidemocrático, porque ya no habría una terna…

—Yo le pediría que lo leyera todo, ahí se explica, ahí se ve cuándo sería una terna.

 

“Lo primero sería que si este rector o el que viene, que es su derecho pero no su obligación no aspira, entonces el camino sigue con más de una terna, nunca ha sido una terna, son más, y en ese camino al final la comisión permanente plantea una terna.

 

—Pero para la reelección no hay terna.

—Hay que revisarlo, si ya lo leyó, se da cuenta que es reglamentar un mandato que hizo el Congreso del Estado.

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