Se reducen penas y salen libres 26 internos adolescentes con nueva ley

 

CIPA

 

La Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes dejó casi vacío el Centro de Internamiento para Adolescentes de Sinaloa (CIPA).

Con la entrada en vigor de esta ley, la Jueza Especializada en Justicia para Adolescentes modificó sentencias y ordenó la liberación del 70 por ciento de los jóvenes internados por cometer algún delito.

La nueva ley redujo las penas máximas para adolescentes en conflicto con la ley y trajo beneficios para los internos.

De los 37 adolescentes que había internados, solo quedaron 11, de los que dos serán externados en octubre y noviembre y el resto en 2017 debido a la reducción de condena.

Un grupo de 26 internos fueron puestos en libertad a partir del 16 de junio pasado, cuando entró en vigor la ley.

La Ley de Justicia para Adolescentes para el Estado de Sinaloa establecía penas máximas de cinco años de internamiento para adolescentes de 14 años a menos de 16; y de siete años para los jóvenes de 16 a menos de 18 años. La Ley Nacional redujo las condenas a tres y cinco años, respectivamente.

Además, la libertad anticipada la podrán obtener cuando hayan cumplido por lo menos el 50 o 70 por ciento de la condena, cuando antes era con el 75 por ciento.

 

Los beneficiados

“Ricardo”, de 18 años, es uno de los adolescentes en conflicto beneficiado con la entrada en vigor de la nueva ley nacional.

Por el delito de secuestro fue sentenciado a tres años y medio de reclusión, considerando la pena máxima de cinco años. Si lo hubieran juzgado con la ley anterior, la condena sería más alta debido a que la pena máxima era de siete años.

Además, con el beneficio de libertad anticipada con el  70 por ciento de la condena cumplida, puede salir libre en dos años y siete meses, pues en los ocho meses que tiene internado ha cumplido con el programa personalizado.

“Ricardo” fue detenido en diciembre de 2015, en ese entonces de 17 años, acusado de secuestro en Guasave.

En esa época, dice, andaba mal y por eso secuestró, pero se resiste a contar qué sucedió.

Solo acepta decir que sí cometió el delito y andaba armado y que no era para pedir rescate, sino para “hacer otras cosas”.

“Fue de noche, así era yo. Andaba armado, pero yo andaba mal. Trabajaba mal”, expresa.

El adolescente no actuó solo pero fue al único que los agentes policiales capturaron.

En los meses que lleva de internamiento asegura que ya cambió y ahora es diferente a cómo era antes de entrar al CIPA.

“Me han servido para ver las cosas de diferente manera, para reflexionar lo que hice, pensar más las cosas; todo lo que hacían los padres, los padres hacen muchas cosas por uno y uno no lo valora”, menciona.

Seguro de que obtendrá su libertad anticipada, cuando salga dice que estudiará arquitectura o sicología.

Erandy, de 17 años, la única mujer en el Centro de Internamiento para Adolescentes, también fue beneficiada con la promulgación de la ley.

La adolescente había sido sentenciada a la pena máxima de siete años de internamiento, pero el mes pasado la Jueza ajustó la condena a la nueva ley y la redujo a cinco años.

La joven estudiante de preparatoria fue acusada de asesinar a su amiga Anel, el 19 de marzo de 2014, en Guamúchil.

Erandy asesinó a su compañera de la preparatoria de la UAS de Guamúchil, cuando tenía 15 años.

La joven dio 65 puñaladas con un cuchillo de cocina a Anel, cuando se encontraban en la casa de la víctima.

Con la nueva ley, si cumple con el plan personalizado, podría obtener su libertad el próximo año.

 

Sin internos

Con la entrada en vigor de la Ley Nacional, el Centro de Internamiento para Adolescentes está rediseñando sus programas debido a que los jóvenes infractores estarán menos tiempo en internamiento.

Para el director del CIPA, Sergio Octavio Núñez Madrigal, en un año y medio o dos se puede lograr trabajar a un adolescente para que no vuelva a delinquir.

“A partir de las fechas que empezaron las libertades estamos haciendo una modificación a los programas que tenemos, con esta nueva ley tenemos que hacer trabajos más rápidos para que el muchacho trabaje más arduamente.

“Por ejemplo, si antes teníamos una hora de escuela ahora tenemos dos horas, si antes teníamos dos horas de talleres, ahora tenemos tres horas. Es un trabajo más intensivo para que si el muchacho tiene un beneficio, pues salga con las herramientas de este centro para poder trabajar o seguir estudiando”, indicó.

La mayoría de los adolescentes que obtuvieron su libertad con la nueva Ley, explicó, estaban internos por robo y los que quedaron están sentenciados por homicidio, lesiones o secuestro.

Con la reducción de la población internada, de los 14 módulos con los que cuenta el CIPA, actualmente solo están ocupados tres, señaló.

“Desde el momento de la aplicación de la nueva ley primero dieron libertad a los jóvenes que ya habían cumplido con su tiempo de internamiento de acuerdo a la nueva Ley. Después se mandó llamar a los otros muchachos a una nueva sentencia y en lugar de darles una sentencia de siete años se les aplicó una nueva sentencia de cinco y se les informó cuando sería su próxima audiencia”, explicó.

Los adolescentes externados tendrán seguimiento por parte del Instituto para la Atención Integral del Menor del Estado de Sinaloa.

Los muchachos que permanecen internos podrán alcanzar el beneficio de libertad anticipada, debido a que están cumpliendo con el plan personalizado que contempla asistir a la escuela, tener buena conducta y capacitación para el trabajo.

Núñez Madrigal mencionó que el CIPA mantendrá baja población ya que con la Ley Nacional los adolescentes acusados de robo simple no son sujetos a internamientos.

Antes de la entrada en vigor, explicó, la mayoría de los jóvenes que eran internados estaban sentenciados por robo.

A los adolescentes que hayan cometido un delito y la Jueza les impongan una sanción para cumplirla en libertad, los invitarán a formar parte de la clínica Yo Soy sin Adicciones, para que lleven el tratamiento.

 

Sanciones alternas

Con la entrada en vigor de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, quedaron abrogadas todas las leyes estatales y del Distrito Federal.

En Sinaloa los menores eran juzgados con la Ley estatal vigente desde septiembre de 2006.

La Ley Nacional privilegia los mecanismos alternos para sancionar a los menores que cometen delitos y busca que la medida de internamiento sea aplicada lo menos posible.

El ordenamiento jurídico establece que es obligación de las autoridades encargadas de su aplicación, evitar y limitar hasta donde sea posible las medidas restrictivas de libertad.

“El internamiento se utilizará  sólo como medida extrema y por el tiempo más breve que proceda, y podrá aplicarse únicamente a los adolescentes mayores de 14 años de edad, por la comisión o participación en un hecho que la ley señale como delito”, indica.

Los delitos por los que un adolescente puede ser internado son homicidio doloso, violación tumultuaria, secuestro, trata de personas, terrorismo, contra la salud y portación de arma de fuego.

Por la comisión de otros delitos los adolescentes solo pueden ser sentenciados a medidas no privativas de la libertad como amonestación, apercibimiento, prestación de servicio a la comunidad, prohibición de asistir a determinados lugares, conducir, acercarse a determinadas personas, viajar al extranjero; o integrarse a programas especializados.

La Ley establece que la prisión preventiva se aplicará hasta por un plazo máximo de cinco meses y si cumplido  este  término  no  se  ha  dictado  sentencia,  la  persona  adolescente  será puesta  en  libertad  de  inmediato  mientras  se  sigue  el  proceso.

Las personas mayores de 18 años a quienes se les atribuya la comisión o participación en un hecho señalado como delito en las leyes penales mientras eran adolescentes, se les aplicará esta ley, menciona.

Los menores de 12 años  a  quienes  se  atribuya  que  han  cometido  o  participado  en  un  hecho  que  la  ley  señale  como  delito,  sólo  podrán ser sujetos de asistencia social.

Los adolescentes de 12 y menores de 14 años solo podrán ser sancionados con medidas no privativas de la libertad.

Desde que entró en vigor en los centros internamientos de todo el país, los jueces empezaron la revisión de sentencias y dictar nuevas conforme a las disposiciones del nuevo sistema de justicia para adolescentes.

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