Declara juez ilegal revocación a ‘Zar’ de casinos

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El Juzgado Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal declaró ilegal la revocación del permiso para operar casinos de la empresa Entretenimiento de México (Emex), propiedad de Arturo Rojas Cardona y Juan José Rojas Cardona, el llamado “zar” de los casinos.
Según un comunicado del Consejo de la Judicatura, el juez estimó que el establecimiento ubicado en San Juan del Río, Querétaro, denominado “SPORTZONE”, propiedad de Entretenimiento de México, S.A. de C.V., no está funcionando legalmente, ya que la anuencia municipal exhibida está firmada por el Secretario de Finanzas, funcionario que no forma parte del ayuntamiento y, por tanto, carece de facultades para su emisión, por lo que infringió el artículo 22, fracción IX, del Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos y la condición Décima Segunda, inciso b), del permiso DGAJS/SCEVF/P-06/2005.
Igualmente, consideró que la irregularidad anotada es grave, en términos del artículo 151 del Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos y la condición quinta del permiso DGAJS/SCEVF/P-06/2005, por lo que determinó la revocación del permiso y la imposición de una multa por $10,000,00 (diez mil pesos 00/100 m.n.).
Se considera que conforme a los artículos 4 y 10 del Reglamento de Espectáculos y Diversiones Públicas en el Municipio de San Juan del Río, Querétaro, para la operación de centros o instalaciones de diversión, se requiere licencia o permiso municipal que deben ser autorizados por el Ayuntamiento, o expedidos por la dependencia encargada de las Finanzas Públicas Municipales.
El órgano jurisdiccional determinó, por consiguiente, que si la anuencia municipal de cuatro de octubre de 2 mil once, dirigida a la empresa Entretenimiento de México, S.A. de C.V., está suscrita por el Secretario de Finanzas Municipal, resulta indudable que cuenta con facultades expresamente establecidas en el artículo 4 del Reglamento de Espectáculos y Diversiones Públicas, en el Municipio de San Juan del Río, Querétaro, para emitir la anuencia para la operación de un establecimiento de juegos con apuestas y sorteos.
El amparo se otorga para el efecto de que la autoridad responsable deje insubsistente la resolución de uno de abril de dos mil catorce y, en su lugar, dicte otra, en la que sobre la base que el Secretario de Finanzas cuenta con facultades para emitir la anuencia municipal, con libertad de jurisdicción, resuelva lo que en derecho proceda.
La Judicatura suspendió en mayo a dos magistrados de circuito y un juez de distrito para investigar su relación con un abogado de la empresa Emex.
Tomado de Eje Central.

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