Autonomía electoral para indígenas

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Se les reconoce y garantiza el derecho a elegir a sus autoridades de acuerdo con sus prácticas tradicionales

La Secretaría de Gobernación dio a conocer hoy el decreto por el que se reforma el artículo segundo de la Constitución, para asentar los derechos que tienen las mujeres y hombres indígenas a votar y ser votados, de acuerdo con sus prácticas tradicionales, así como a ocupar un cargo de elección popular.

El decreto, publicado este viernes en el Diario Oficial de la Federación establece que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para decidir sus formas de convivencia y aplicar sus propios sistemas normativos.

Con la modificación, les reconoce y garantiza el derecho a elegir de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno.

Para ello garantiza que las mujeres y los hombres indígenas disfrutarán y ejercerán su derecho de votar y ser votados en condiciones de igualdad; así como a acceder y desempeñar los cargos públicos y de elección popular para los que hayan sido electos o designados.     Este decreto, que entrará en vigor mañana, expone que las Legislaturas de las entidades federativas tienen 180 días para adecuar sus respectivas Constituciones, así como la legislación correspondiente.

 

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