Liberaciones anticipadas; con nueva ley, alrededor de 500 presos en el estado podrán salir en libertad

 

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En los próximos meses al menos 500 reos de los penales de Culiacán, Mazatlán y Los Mochis, serán puestos en libertad antes de cumplir su condena.

Los presos obtendrán libertad anticipada por la entrada en vigor de la Ley Nacional de Ejecución de Sanciones Penales, que privilegia las medidas y penas no privativas de la libertad.

En junio pasado con la entrada en vigor de la Ley Nacional de Justicia para Adolescentes, salieron del Centro de Internamiento 26 jóvenes que habían sido sentenciados por diversos delitos y solo quedaron presos 11 menores.

El Artículo Décimo Transitorio de la Ley Nacional de Ejecución de Sanciones Penales establece que podrán obtener el beneficio de libertad anticipada todas las personas que hayan sido sentenciadas con penas privativas de la libertad por robo, cuyo valor de lo robado no exceda 80 veces la Unidad de Medida y Actualización, alrededor de 5 mil 843 pesos.

Además deben ser casos en los que en la comisión del delito no haya mediado ningún tipo de violencia.

También alcanzan libertad anticipada quienes hayan cometido el delito de posesión sin fines de comercio o suministro de Canabbis Sativa, Indica o Mariguana.

Los reos sentenciados por esos delitos deben obtener su libertad una vez que entre en vigor la Ley y el Juez de Ejecución realice un juicio procesal.

La Ley establece el beneficio de libertad anticipada para otros casos pero ésta debe ser solicitada por la autoridad penitenciara con opinión de la Procuraduría de Justicia.

La normativa establece que será cuando se trate de delitos cuya pena máxima no exceda los cinco años de prisión y que no se haya cometido con violencia.

La autoridad penitenciaria también puede poner en libertad a personas sentenciadas que hayan colaborado con la procuración de justicia o por motivos humanitarios cuando se trate de personas adultas mayores y enfermos en fase terminal, independientemente del tiempo que lleven compurgando la sentencia.

La libertad anticipada no puede aplicarse a presos por los delitos contra el libre desarrollo de la personalidad, trata de personas, delincuencia organizada, secuestro y los que la Ley establezca que merecen prisión oficiosa.

El ordenamiento jurídico establece que los reos en libertad condicionada podrán ser monitoreados con un brazalete electrónico.

La Comisión Nacional de Seguridad estima que podrían quedar en libertad entre 45 mil y 50 mil reos en todo el país con la nueva ley.

 

Menos presos

 

El director de la Unidad de Medidas Cautelares y de la Suspensión Condicional de Proceso, Jorge Adrián López  Valenzuela, comentó que con la libertad anticipada la población penitenciaria del estado disminuirá alrededor de 10 por ciento.

Actualmente, detalló, en los tres Centros de Ejecución de las Consecuencias Jurídicas del Delito están internados aproximadamente 6 mil 100 presos, de los que alrededor de 500 pueden alcanzar el beneficio de la libertad.

Señaló que para que los reos obtengan el beneficio de libertad anticipada, el Congreso del Estado debe emitir un decreto con la declaratoria de entrada en vigor de la Ley.

La Ley Nacional de Ejecución fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de junio y establece un plazo que vence en diciembre para que los estados estén preparados para cumplir y se emita ese decreto, pero de no haberlo, manifestó, se tiene que empezar con las liberaciones, aunque el estado no esté preparado.

En Sinaloa las autoridades están preparadas y será la Umeca el órgano encargado de supervisar y dar seguimiento a los internos que obtengan su libertad, mencionó.

Los jueces fijarán el tiempo que cada reo estará bajo supervisión de la Umeca y las medidas con debe cumplir, indicó.

El funcionario explicó que para poder obtener la libertad, los internos deben solicitar un juicio procesal penitenciario y que pueda definirse la medida cautelar distinta a la prisión preventiva.

“Cuando entra en vigor el Código Nacional y las reformas, una vez que salió la Ley Nacional de Ejecución de Sanciones Penales, con el Quinto Transitorio del Código de Procedimientos Penales pueden acceder al beneficio de tener una medida cautelar distintas a la prisión prevenida.

“Pero tiene que emitir un decreto el Congreso del Estado para que entren en vigor ciertos artículos donde ya obtendrán esos internos esos beneficios, se tiene que cumplir con ciertas normas y ciertas modificaciones al propio sistema penitenciario”, detalló.

 

Evitan llegar a prisión

Con el nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio, alrededor de mil 500 delincuentes han evitado la prisión.

De acuerdo con Jorge Adrián López, a esas personas los jueces los han condenado a medidas distintas a la prisión.

Mencionó que poco más de mil de esas personas están bajo supervisión de la Unidad de Medidas Cautelares para que cumplan con las condiciones que impusieron los jueces.

“Se ha dado un buen seguimiento, no tenemos incidencia de incumplimiento de los mismos; tenemos una estadística de incumplimiento del 1 por ciento de todo el global que tenemos nosotros de imputados, es nada el 1 por ciento de incumplimiento, la verdad”, indicó Adrián López, quien añadió que con el sistema tradicional, esas personas estarían presas.

 

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