Interés político para el desafuero

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Acusación endeble de la PGR: abogados de Lucero Sánchez
El equipo de abogados defensores afirma que “la acusación de la PGR contra la diputada Lucero Sánchez López está muy endeble. Legalmente no tiene elementos”.
“No se encuentra acreditado el cuerpo del delito y la presunta responsabilidad de la suscrita, pues dichos medios de prueba no están sustentados jurídicamente, pues se observa la manipulación y el inadecuado medio legal para su obtención”, se lee en el expediente que fue entregado en defensa de la legisladora ante la Sección Instructora de la Cámara de Diputados.
La PGR solicitó el 1 de marzo, ante la Cámara de Diputados, el juicio de procedencia contra la diputada Lucero por el delito de uso de documento público falso.
El expediente que soporta la averiguación realizada por la Unidad Especializada en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas de la SEIDO, señala que “se tiene conocimiento que ella va a visitarlo al CEFERESO, debido a que es una de las operadoras financieras, quien se quedó a cargo de los negocios que él operaba en el estado de Sinaloa”, según el  reporte de la investigación firmado por los policías federales agentes Eduardo Torres López y Julio César Carrasco Castellanos, quienes buscaron comprobar el vínculo entre el líder  del Cártel de Sinaloa, Joaquín Guzmán Loera, el Chapo, y la diputada Lucero Sánchez.
Sin embargo, los litigantes mencionan que “el reporte de la investigación no integra estados de cuenta bancarios o propiedades de bienes muebles o inmuebles, solo incluye una anexo de fotografías del recorrido que las visitas deben de recorrer para entrar al penal de seguridad, la imagen de la credencial de elector presentada por quien se identificó como Devany Vianey Villatoro Pérez y la foto del acceso en donde aparece la mujer mostrando en la garita el gafete y la acta de nacimiento.
La mayor evidencia documental del presunto nexo entre la legisladora y el capo es la licencia de conducir que se encontró en el vehículo que fue decomisado al interior de la casa que sirvió de refugio para la fuga de Joaquín el Chapo Guzmán, en febrero de 2014.
Sin embargo, los defensores mencionan que “no se integró al expediente la versión  ministerial de Lucero Sánchez ni el reporte de robo del vehículo citado que se había levantado antes de la incautación”.
Argumentan que “en la investigación también se plantean las conclusiones en base a rumores, ya que en el expediente se anota que ‘por medio de inteligencia y diversas técnicas, logramos saber que se rumora de una posible relación entre la diputada Lucero Guadalupe Sánchez López y Joaquín Guzmán Loera’, luego que se señala se ‘especulaba’ entre los habitantes de Cosalá, había estado el capo  en una fiesta privada organizada por Silvia Delgado Salcido, amiga de la diputada.
Los testimonios
Entre las pruebas que la PGR presenta como evidencias destaca el testimonio de los custodios y personal que estaban presentes el día 04 de septiembre de 2014, fecha en que se registró la visita  a Joaquín Guzmán Loera de parte de la persona del género femenino que se identificó como Devany Vianey Villatoro Pérez, identidad que presuntamente utilizó Lucero Sánchez López.
Los testimonios fueron recogidos 17 meses después de los hechos, sin embargo, puede leerse que los celadores entrevistados recuerdan lo que estaban haciendo con exactitud, incluso algunos con precisión de minutos.
“Resulta ilógico para la memoria por el tiempo trascurrido y por el cúmulo de personas que entran al CEFERESO donde laboran”, dicen.
En su opinión jurídica estas declaraciones carecen de sustento porque aseguran fueron inducidas.
“Aducen algunos de ellos, que la  foto que les muestra el representante social en el momento de la declaración es la misma que han visto en las noticias, prensa o televisión respecto a la diputada que entró al CEFERESO con una credencial falsa”.
Desde el punto de vista de los abogados defensores, los testimonios del personal carecen de valor probatorio y se objetan en cuanto a su alcance, en virtud de que todos y cada uno de los testigos son trabajadores dependientes del  Cefereso número 1, y por lo tanto su testimonio se encuentra viciado.
De los ocho testimonios recogidos, cuatro señalan que no la reconocen y nunca la han visto, una no precisa si la reconoce o no, dos reconocen que es la diputada que aparece en televisión que entró con una credencial falsa; mientras que el jefe de monitoreo, Mauricio  Enríquez Flores ofrece un testimonio sin validez, ya que entró a laborar en una fecha posterior a los hechos; en tanto que el oficial de la Policía Federal, Felipe Malvaez López  se le consignó en su declaración: “Puedo señalar que se trata de la diputada local, que las noticias informaron que entró al Centro Federal de Readaptación Social  número 1 Altiplano, con una credencial falsa, a una audiencia con Joaquín Archivaldo Guzmán Loera y dijo llamarse Devany Vianey Villatoro Pérez”.
Al igual que los otros testimonios, los abogados defensores desestiman el valor de esta versión porque  afirman que esta declaración se encuentra viciada de inducción por la misma Procuraduría, en virtud de que la información la obtiene de la televisión, así como de las fotografías que le fueron puestas a la vista.
En el expediente, la PGR incluyó el dictamen del perito Rogelio Morales Taboada, quien concluyó que sí existe semejanza dimensional, cromática y morfológica de las características faciales, entre la imagen fotográfica tomada de la licencia de conducir, expedida a nombre de Lucero Sánchez López y la imagen de la credencial para votar tomada de un disco compacto.
El dictamen pericial llama la atención porque en la denuncia de hechos que presentó Valentín Cárdenas Lema, director general del Centro Federal de Readaptación Social Número 1, “Altiplano”, refiere la entrada del 4 de septiembre de 2014, y señala que la persona que presentó la credencial para votar a nombre de Devany Vianey Villatoro Pérez, no corresponde con los rasgos, características y biométricos que aparecen en la citada credencial.
Los abogados reiteran que “no hay pruebas de valor legal para la acusación” y que “si procede el desafuero, obedecería a intereses políticos, no a razones jurídicas”.
 

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