Un aumento en las penalidades para los reos que se fuguen de prisión aplicarán a partir de hoy, luego que se publicaran las reformas al Código Penal Federal, en el Diario Oficial de la Federación.
Las nuevas penalidades incluyen también a quienes hayan participado en la fuga del reo.
Las modificaciones son a los artículos 153 y 154 del Código Penal Federal. En el primero se señala que “si la reaprehensión del prófugo se lograre por gestiones del responsable de la evasión, se aplicarán a éste de 10 a 180 jornadas de trabajo en favor de la comunidad, según la gravedad del delito imputado al preso o detenido”.
Mientras que el artículo 154 establece que “a la persona privada de su libertad que se fugue, se le impondrán de seis meses a tres años de prisión, esta pena se incrementará en un tercio cuando la persona obre de concierto con otra u otras personas privadas de su libertad y se fugue alguna de ellas o ejerciere violencia en las personas”.